Las elecciones sindicales a la Junta de Personal Docente no Universitario se celebrarán el 1 de diciembre

Las elecciones sindicales a la Junta de Personal Docente no Universitario de Cantabria se celebrarán el 1 de diciembre.

La Dirección General de Personal Docente y Ordenación Académica ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la resolución por la que dicta las instrucciones, que establece que el horario de votación será desde las 9.30 hasta las 18.00 horas, conforme a lo acordado por la Mesa Electoral Coordinadora.

El profesorado de los centros docentes públicos dispondrá de los siguientes permisos: la jornada de la tarde del día de la votación, el profesorado de Infantil y Primaria con jornada de mañana y tarde; y las dos últimas horas de la jornada de mañana --referidas al horario del centro-- el profesorado que ejerce sus funciones en horario de mañana, cuando no sea posible disfrutar el permiso en las horas precedentes de la jornada por atender las necesidades del centro.

Igualmente, las dos primeras horas de la jornada de la tarde del día de la votación el profesorado que desempeñe su trabajo en horarios vespertinos; y la jornada completa el día de la votación los miembros titulares de las mesas electorales, así como los representantes de la Administración, interventores y apoderados de las candidaturas.

Asimismo, para todos ellos, la jornada completa el día inmediato posterior a la fecha de la votación.

La Dirección General explica que la concesión de estos permisos pretende que el ejercicio del derecho de voto armonice con la atención adecuada al servicio educativo. Por ello, se recuerda la necesidad de mantener el horario, así como el conjunto de servicios que el centro presta, en el resto de la jornada de votación.

Asimismo, las direcciones de los centros garantizarán la prestación de los servicios complementarios de comedor y transporte con total normalidad.

Los funcionarios docentes designados para los cargos de presidentes y vocales de las distintas mesas electorales, así como los nombrados como representantes de la Administración, percibirán la dieta de manutención correspondiente al día de la votación y las indemnizaciones por desplazamiento que les correspondan desde sus centros de trabajo.

Igualmente tendrán derecho a la percepción de las indemnizaciones por desplazamiento derivados de la constitución de las mesas electorales.

Los miembros de la mesa electoral coordinadora tendrán derecho a los desplazamientos que les correspondan en el ejercicio de sus funciones.

Actualmente, la Junta de Personal Docente no Universitaria está integrada por los sindicatos STEC, ANPE, TU, CCOO, UGT y CSIF.