La Justicia reconoce la antigüedad de dos trabajadores de Nestlé desde el inicio de la relación laboral

La jueza del Juzgado de lo Social número tres de Santander ha reconocido, en sendas sentencias, la antigüedad de dos trabajadores fijos de la fábrica Nestlé en La Penilla de Cayón desde el inicio de la relación laboral.

Así, en ambas resoluciones se declara el derecho de estos empleados a que se les computen todos los complementos de antigüedad, al existir una doble escala salarial, en base a la "aplicación del principio de igualdad".

En un caso, desde julio de 2002 -en vez de junio de 2010 como contemplaba la empresa- y en el otro desde marzo de 2000 -en lugar de noviembre de 2002-.

En los fallos, la jueza llega a la conclusión de que ha existido una unidad de vínculo tras las contrataciones a través de la ETT -Empresa de Trabajo Temporal- en uno de los casos con una "extensa cadena de contratos" realizados (110), con unos "periodos de interrupción mínimos".

Así, no ve razón alguna para que no puedan computarse las contrataciones realizadas por la empresa de trabajo temporal, cuando se aprecia que, tras dicha contratación a través de la ETT y 'sin solución de continuidad', los trabajadores son posteriormente contratados de forma directa por Nestlé.

Asimismo, se les reconoce que existe una doble escala salarial en el complemento de antigüedad, fundamentándose la sentencia en la aplicación del principio de igualdad.

El sindicato CSIF ha mostrado "enorme satisfacción por el éxito obtenido" ante los tribunales en la defensa de los trabajadores de Nestle en una cuestión por la que "se lleva mucho tiempo luchando".