El 5 de junio finaliza el plazo para abonar el impuesto de vehículos en Santander

El próximo 5 de junio finaliza el plazo para abonar el impuesto de vehículos 2003 en Santander. Los vecinos que tengan domiciliado el recibo se les realizará el cargo ese mismo día, y el resto deberán abonarlo en las entidades bancarias colaboradoras o bien a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, presentando el documento de pago.

El concejal de Economía y Hacienda en funciones, Víctor González Huergo, ha recordado en nota de prensa que, para el pago en entidades bancarias, se podrá acudir a las oficinas colaboradoras del Ayuntamiento (BBVA, Caixabank, Banco Santander, Unicaja Banco y Banco Sabadell) y también proceder al pago en cajeros automáticos y banca online de estas entidades, si incluyen dichas operaciones entre los servicios ofertados a sus clientes.

Asimismo, se podrá realizar a través de la sede electrónica (Oficina virtual tributaria) https://ovt.ayto-santander.es/ y en este caso, el último día será también el 5 de junio, hasta las 19.00 horas.

Para aquellos vecinos que no dispongan del documento de pago al no haberlo recibido en el correo ordinario o por extravío, deberán solicitar un duplicado a través de la sede electrónica, en la oficina de Recaudación Municipal (calle Antonio López 6), en las oficinas de Gestión Tributaria ubicadas en el Ayuntamiento, o en el Centro de Atención Telefónica (942 200 691), disponible de lunes a viernes laborables en horario de 8 a 20 horas.

En este servicio de información telefónica, los usuarios podrán realizar también consultas sobre fraccionamientos, domiciliaciones o relacionadas con impuestos y tasas municipales, e informarse sobre recibos o pagos pendientes con la administración municipal.

PAGO IBI

También ha recordado que el Ayuntamiento de Santander mantiene abierto el plazo para abonar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que en 2023 "sigue teniendo el tipo impositivo más bajo de la historia de la ciudad y el de todas las capitales de provincia de España".

El 5 de julio será el plazo máximo para los recibos no domiciliados, mientras que a los ciudadanos que tengan el pago domiciliado se efectúa el cargo en cuenta en tres plazos (5 de mayo, 5 de julio y 5 de septiembre) o, si lo solicitaron previamente, el 5 de julio en un solo pago.