El Gobierno amplía el plazo para que autónomos decidan si renuncian al método de estimación objetiva del IRPF

El Gobierno ha ampliado el plazo para las renuncias y revocaciones para 2026 al método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas (IRPF) para autónomos hasta el 16 de febrero de 2026.

El real decreto-ley aprobado la semana pasada y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad, establece la extensión de determinados medidas fiscales, especialmente en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En cuanto a este tributo, el plazo para las renuncias y revocaciones para 2026 al método de estimación objetiva del IRPF, conocido como sistema de módulos, se amplía hasta el 16 de febrero de 2026, tal y como ha adelantado este martes 'El País'.

La renuncia al método de estimación directa simplificada, que tendrá efectos por un mínimo de 3 años, supone que el contribuyente determinará el rendimiento neto de todas sus actividades por la modalidad normal del método de estimación directa (ingresos reales).

Asimismo, se prorrogan para 2026 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.

De su lado, también se amplía hasta el 16 de febrero de 2026 el plazo para las renuncias y revocaciones para 2026 a los regímenes simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA y se prorrogan para 2026 los límites para la aplicación de estos regímenes.