La UC implementa la nueva normativa de permanencia para estudios de grado y máster oficial

La Universidad de Cantabria (UC) aplicará el próximo curso 2022-2023 la nueva normativa de permanencia para todos los estudiantes de grado y máster oficial, tras haber estado aplazada por la excepcional situación derivada de la pandemia.

Este régimen regula las condiciones de permanencia de los estudiantes matriculados en estudios conducentes a un título oficial de grado o máster oficial, es decir, el número de créditos a superar para poder continuarlos. Todo estudiante, en función del régimen de dedicación en el que se encuentre matriculado, debe obtener un rendimiento académico mínimo al finalizar cada año de matrícula.

En el curso 2022-2023, todo el alumnado que desee matricularse y que esté actualmente cursando estudios en la UC deberá ya cumplir con los requisitos de esta nueva normativa, aprobada por el Consejo Social en su sesión extraordinaria el día 9 de septiembre de 2021.

En este sentido, la UC ha informado a sus estudiantes de que pueden consultar a través del campus virtual una nueva opción denominada 'Información normativa de permanencia' en la que informarse sobre el estado de su expediente en relación a la superación o no del rendimiento académico mínimo que tendrán que alcanzar al finalizar este curso para poder matricularse el curso siguiente.

Se trata, según indica el vicerrector de Profesorado y Ordenación Académica de la UC, Ernesto Anabitarte, de "un sistema muchísimo más simplificado que el que teníamos hasta ahora".

RENDIMIENTO ACADÉMICO MÍNIMO EN GRADO

De esta forma, el alumnado a tiempo completo deberá superar en su primer año de matrícula un mínimo de dos asignaturas (12 créditos ECTS), mientras que para el alumnado a tiempo parcial este mínimo se establece en una asignatura (6 créditos ECTS).

En el caso de que sea su segundo año de matrícula, deberá superar un mínimo de tres asignaturas (18 créditos ECTS). Para el alumnado a tiempo parcial este mínimo se establece en dos asignaturas (12 créditos ECTS).

Además, en el caso de que el alumnado no logre superar en su primer año de matrícula un mínimo de cuatro asignaturas (24 créditos ECTS), en su segunda matrícula únicamente podrá matricularse de las asignaturas pendientes de primer curso.

El requisito de créditos aprobados en el caso del tercer año y sucesivos años de matrícula es de un mínimo de cuatro asignaturas (24 créditos ECTS) aprobadas, dos asignaturas (12 créditos ECTS) para el alumnado a tiempo parcial. Esta normativa no será de aplicación al alumnado que le resten 60 o menos créditos para finalizar los estudios.

MÁSTER OFICIAL

El rendimiento mínimo que debe obtener, durante el primer año de matrícula, el alumnado que inicia unos estudios conducentes a la obtención de un título de máster universitario no puede ser inferior a 15 créditos ECTS.

Para los estudiantes a tiempo parcial este mínimo se establece en nueve créditos ECTS. No se computarán para el rendimiento mínimo los créditos de formación complementaria que deba cursar el alumnado.

El plazo máximo de permanencia del alumnado en los estudios de máster para la obtención del correspondiente título estará en función del número de créditos del Plan de Estudios

SOLICITUD EXCEPCIONAL DE PRÓRROGA

Quienes no superen los controles establecidos en este régimen de permanencia deberán abandonar los estudios iniciados. No obstante, transcurridos dos años podrán solicitar de nuevo su admisión en esos estudios a través de la reapertura de su expediente o preinscripción.

En casos excepcionales, el Consejo Social de la Universidad de Cantabria, previo informe del centro académico correspondiente, podrá conceder a los estudiantes que no cumplan los controles del régimen de permanencia un año de prórroga, permitiéndoles matricularse en la titulación con objeto de llegar a cumplir los controles, siempre que acrediten y demuestren que han concurrido circunstancias especiales que les han impedido una dedicación plena a los estudios.