La Audiencia eleva a dos años la pena a un hombre por agredir con un palo a una familia y dañar sus vehículos

La Audiencia Provincial de Cantabria ha elevado de nueve meses a dos años de prisión y al pago de multas que suman 4.050 euros a un hombre que agredió con una vara de avellano a varias personas de la misma familia en Campoo de Suso y causó daños a sus vehículos.

En una sentencia recientemente notificada y contra la que cabe recurso de casación, la Sección Primera de la Audiencia estima parcialmente el recurso presentado por las víctimas contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Santander y eleva la pena de prisión por la principal agresión, atendiendo al resultado causado y al riesgo producido.

El resto de condenas fijadas por el Juzgado de lo Penal se mantienen, como autor de cuatro delitos leves de lesiones, un delito de daños y otro delito continuado de daños, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, ya que los hechos tuvieron lugar en 2017 y fueron juzgados en mayo de 2022.

En concepto de responsabilidad civil, el ahora condenado deberá indemnizar a los agredidos con 4.617 euros por las lesiones y secuelas causadas, y al Servicio Cántabro de Salud con 1.385 euros por la asistencia médica prestada.

DOS DÍAS DE AGRESIONES

Según los hechos que han quedado acreditados, acaecidos en la localidad de Camino de la Hermandad, en Campoo de Suso, el ahora condenado "mantuvo una discusión con su vecino, con el que mantiene malas relaciones desde tiempo atrás".

Así las cosas, le golpeó con un palo en la cabeza y, acto seguido, haciendo uso del mismo palo, golpeó la puerta de la cabina de un tractor, propiedad de un familiar del lesionado.

A consecuencia de la agresión, el vecino resultó con herida en la cabeza, hematoma craneal y pérdida de conocimiento.

Un día después, el acusado se encontró en las inmediaciones de la localidad de Requejo con la madre del anterior y, "sin previa discusión, golpeó con una vara el turismo en el que viajaba" e introdujo el palo a través de la ventanilla, que la mujer cogió con la mano para evitar ser golpeada.

Un hijo de la agredida trató de defenderla, pero el agresor arremetió también contra él "golpeándole en las manos con el palo". Seguidamente, se dirigió al vehículo en el que este viajaba y en cuyo interior se encontraban dos sobrinos menores de edad.

El hombre golpeó el coche con el palo, lo que ocasionó la rotura de la luna delantera y los dos cristales laterales derechos, cuyos restos impactaron en el ojo de la sobrina. Además, golpeó al otro menor con el palo en la cabeza.

Los hechos constituyen un delito de lesiones, por la primera agresión; cuatro delitos leves de lesiones, por las agresiones a la madre, hermano y sobrinos del primer lesionado; un delito de daños, por los golpes al tractor, y un delito continuado de daños, por los golpes a los dos coches de la familia.

En su sentencia, la Audiencia ha decidido elevar la pena por el delito de lesiones, ya que considera que el hecho es merecedor de una sanción mayor, teniendo en cuenta el resultado y el riesgo producido.

En este sentido, explica en su resolución que se utilizó un arma "que otorgaba una clara superioridad al agresor frente a una víctima desarmada y que no tenía razón alguna para esperar esta reacción del agresor, cuando aquel se encontraba en el desarrollo de tareas ganaderas y acompañado de familiares".

Además, respecto de la forma en que fue utilizado, señala que el golpe se dirigió a una zona sensible, como es la cabeza, y llegó a provocar la pérdida de consciencia del agredido durante varios minutos, por lo que tuvo que ser evacuado de urgencia.

Respecto del riesgo, asegura que se trata de una agresión "susceptible de causar un resultado lesivo de relevante gravedad para la integridad física y mental de la víctima".

Finalmente, sobre el comportamiento del acusado, subraya que tras la agresión continuó con su acción violenta "dirigiendo su furia" contra el vehículo al que causa daños.

"No contento con ello, al día siguiente vuelve a agredir a varios miembros más de la familia y a causar daños constitutivos de delito en otros dos vehículos, con uso nuevamente de un instrumento contundente, continuando así con su intolerable actitud violenta", añade.

Por todo ello, porque "no se trata de una agresión menor", considera que la pena debe ser más elevada que la impuesta inicialmente.