El BOC publica las bases de las ayudas para favorecer el traslado de negocios a plantas bajas en Torrelavega

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica este jueves las bases de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Torrelavega de 2022 destinadas a fomentar el traslado de actividades comerciales, profesionales y empresariales de entresuelos a locales sitos en las plantas bajas de los edificios, así como a la rehabilitación y acondicionamiento de los mismos.

El objetivo es conseguir "un mejor aspecto exterior e interior de los locales y el desarrollo de actividades comerciales y empresariales en los mismos", ha dicho el alcalde, Javier López Estrada, quien ha destacado que desde el inicio de la legislatura se ha venido "trabajando para poner en valor los locales vacíos".

Esta convocatoria tiene una partida máxima inicial de 40.000 euros y establece que el importe de la subvención que se conceda no podrá superar el 70% del coste de la actividad o proyecto presentado, hasta un máximo de 20.000 euros. Cada persona física o jurídica podrá presentar una única solicitud por local a acondicionar.

Según se establecen en las bases, la actuación subvencionable será la realización de obras de rehabilitación y acondicionamiento de locales comerciales sitos en las plantas bajas de los edificios por traslado de actividades desde entresuelos situados en el término municipal de Torrelavega que se hayan podido realizar durante el año 2022 o que se pretendan realizar a partir de esta convocatoria.

Tendrá la consideración de beneficiaria la persona, física o jurídica, que haya de realizar o haya realizado durante el ejercicio 2022 las obras de rehabilitación y acondicionamiento de los locales ubicados en el término municipal.

Como requisitos, deberá haber desarrollado durante al menos un año la misma actividad comercial o empresarial en inmuebles de plantas situadas por encima de la planta baja. Además, una vez realizada la obra en el local comercial situado en planta baja para el que se solicita la subvención, deberá trasladar o haber trasladado la actividad que desarrollaba en el local anterior al nuevo local situado en planta baja, y desarrollar y mantener la actividad comercial o empresarial durante un periodo de al menos dos años de forma continuada en el local situado en planta baja.

Respecto a los beneficiarios de estas ayudas, se establece que pueden serlo los propietarios únicos de locales, los arrendatarios y usufructuarios debidamente autorizados por la propiedad o las personas físicas o jurídicas titulares de actividades ejercidas en los locales o edificios comerciales, con independencia de su condición de propietario, arrendatario o usufructuario debidamente autorizados por la propiedad.

Las solicitudes irán dirigidas a la Concejalía de Urbanismo y Vivienda y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (calle Marqués de Santillana número 14) o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Podrán presentarse en el plazo máximo de dos meses a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria.