Absuelto por falta de pruebas el acusado de robar tres bicicletas en unos garajes de Torrelavega

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto por falta de pruebas a un hombre que fue juzgado hace un par de semanas por el robo de tres bicicletas en el interior de unos garajes en un inmueble de Torrelavega.

En su sentencia, la Sección Tercera de la Audiencia señala que la acusación descansa en una única prueba de cargo, como es el hallazgo en la ventanilla de uno de los coches aparcados en los garajes de una huella palmar del acusado, que puede constituir "una sospecha" de su participación en el robo, pero no una prueba indiciaria.

Según los hechos probados que recoge la sentencia, en septiembre de 2021 una o varias personas accedieron a la zona de garajes de un inmueble de Torrelavega y forzaron la puerta que daba acceso a dos de ellos entraron y se apoderaron de una bicicleta eléctrica valorada en 2.800 euros y dos de montaña, valoradas ambas en 469 euros.

La resolución indica que no se ha probado que el acusado, con numerosos antecedentes penales por delitos de robo, fuera una de las personas que entraron en el garaje y se apoderaron de las bicicletas.

La Audiencia explica que la huella del acusado puede ser una sospecha de su participación, pero "no es lo mismo una sospecha que un indicio", ya que este "constituye una prueba indirecta, mientras que la sospecha no es prueba". Además, "el indicio tiene naturaleza objetiva, mientras que la sospecha es de naturaleza subjetiva", señala.

Junto a ello, recuerda que la jurisprudencia permite fundamentar una condena en prueba indiciaria, pero exige que esos indicios sean plurales porque "un único indicio es insuficiente para condenar".

Y eso es lo que ocurre en este caso, que la huella del acusado en el cristal de uno de los coches pudo deberse a que éste, en un momento dado, se quitara los guantes y apoyara una mano en el cristal del vehículo, lo que constituiría un indicio, pero también a que se apoyara en el coche estando el vehículo aparcado en la calle, lo que no constituiría prueba alguna de su participación en el robo. señala.

Ante esta situación, concluye que "la única prueba de cargo no es suficiente para considerarla prueba indiciaria con aptitud para dar basamento a una condena". "Existe la sospecha, pero no la prueba, y en esa tesitura la única solución posible es la absolución", añade.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.