El TSJC anula la tasa del Ayuntamiento de Santander para el traspaso de licencias de taxi

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha anulado la tasa que cobra el Ayuntamiento de Santander por el traspaso de licencias de taxi, del 10 por ciento del importe de estas operaciones.

Así lo ha resuelto la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC en una sentencia en la que desestima el recurso de apelación del Consistorio contra un fallo previo, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de la ciudad y que ya declaraba nulo y expulsaba del ordenamiento jurídico el artículo 13.2 del Reglamento que regula el Servicio de Autotaxi en Santander.

La resolución del alto tribunal cántabro, a la que ha tenido acceso Europa Press y que no es firme pues cabe recurrir en casación ante el Supremo, anula igualmente dicho artículo, en lo relativo a la cuantía de la prestación que regula.

Así, declara nulo y contrario a derecho el 10% que cobra la administración municipal en la transmisión de una licencia de taxi sobre el importe de la misma, y que el Ayuntamiento entiende como una prestación patrimonial no tributaria y que aplica para compensar el perjuicio que le causa el traspaso entre particulares de las licencias de taxi.

El TSJC confirma el criterio defendido por la Federación Cántabra del Taxi al entender que no puede establecerse como tasa un porcentaje en concepto de derecho de traspaso de las licencias del taxi, ratificando que procede la devolución de esta cuantía.

La sentencia determina que "la cuota debe resultar proporcional respecto del coste real o previsible del servicio o actividad que se trate o, en su defecto, del valor de la prestación recibida".

Así las cosas, y según destaca la Federación Cántabra del Taxi, el TSJ cántabro deja abierta la puerta a la reclamación de todas las autoliquidaciones realizadas en los cuatro ejercicios no prescritos.