UGT inicia una campaña para facilitar la devolución del IRPF hasta 1978 a los jubilados mutualistas

UGT de Cantabria ha iniciado una campaña informativa para facilitar la devolución de parte del IRPF que abonaron de más miles de jubilados cotizantes de las mutualidades laborales hasta el año 1978, según una sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de febrero.

La campaña de UGT está destinada a los mutualistas afiliados al sindicato con derecho a percibir de la Agencia Tributaria de España una media de entre 2.000 y 4.000 euros y con opción a que lo cobren sus herederos en caso de haber fallecido.

Así lo ha anunciado este viernes el sindicato en un comunicado, en el que ha precisado que, en su momento, "miles de personas hoy ya jubiladas cotizaron de más por sus pensiones en las mutualidades sectoriales o de sus empresas, que proliferaban en aquella época; porque no se beneficiaron de reducciones fiscales que sí tenían otros cotizantes a la Seguridad Social, tal y como reconoce la mencionada sentencia del Supremo tras una demanda judicial de mutualistas del sector bancario".

UGT ha recordado que la sentencia del Tribunal Supremo reconoció ese derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 100% de lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966 y de un 25% por las aportaciones realizadas a las mutuas laborales entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978.

Según el sindicato, esta reducción fiscal requerirá que se aplique sobre la cuantía de la pensión de los jubilados mutualistas de forma proporcional en los mencionados períodos con respecto a la totalidad de su vida laboral.

"La sentencia judicial permitirá el derecho de los pensionistas a que se les devuelva aquello que tributaron de más durante los períodos impositivos que no hayan prescrito (los últimos cuatro años) y, además, que la rebaja fiscal se adopte a partir de las futuras declaraciones de la renta", ha agregado UGT de Cantabria.

El sindicato ha indicado que se desconoce si la Administración modificará el criterio fiscal aplicado con anterioridad a recientes sentencias y permita que los pensionistas afectados no se vean forzados a formular las correspondientes reclamaciones con el objeto que se gestionen las autoliquidaciones, como de hecho ya está ocurriendo.