La defensa del 'cráneo de Castro' recurre al TSJC el auto que rechaza impugnar el informe policial

La defensa de la acusada de decapitar a su pareja en Castro Urdiales, cuyo cráneo apareció en septiembre de 2019 dentro de una caja que tiempo atrás había entregado a una amiga suya para que se la guardase, ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria el auto del juez que presidirá el jurado popular que juzgará este crimen en el que desestima la impugnación del informe de la Guardia Civil que investigó los hechos, como pedía esta parte alegando que los agentes incluían "valoraciones y conclusiones".

En dicha resolución, el magistrado -también presidente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial- se opone igualmente a la práctica de algunas pruebas interesadas por los abogados de la procesada, como cotejar su ADN con pelos hallados junto a los restos óseos, la pericial al crucigrama de la hoja de periódico que envolvía la cabeza o el reconocimiento judicial del piso donde supuestamente acabó con la vida de su compañero sentimental.

Los letrados que representan a Carmen Merino, en prisión provisional en la cárcel de El Dueso desde el macabro hallazgo, han informado a esta agencia que han decidido recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal TSJC la decisión del juez de desestimar la impugnación del informe de inteligencia policial -que concluyó que era la autora de la muerte de Jesús María Baranda, jubilado vasco de 67 años en el momento de su desaparición, y que se enfrenta a 25 años de cárcel por asesinato que pide el fiscal-.

Para el magistrado, el documento es una prueba "válida y complementaria" del resto de las practicas, ya que "reúne, ordenay sintetiza" toda la información obtenida a lo largo de la instrucción y la expone de una forma "clara y fácil de entender" además, a lo que se suma la neutralidad e imparcialidad de los agentes que elaboraron el informe.

En el auto, dictado tras la vista celebrada en mayo sobre las cuestiones previas al juicio oral -en una fecha aún por determinar- el juez rechaza también practicar la pericial interesada por la defensa para reiterar el cotejo genético de pelos que había dentro de la caja donde apareció el cráneo, que no pertenecían al fallecido y que tampoco presentaban semejanzas morfológicas con los de la acusada, por lo que dicha prueba -impugnada en su día por la Fiscalía- vendría a "dilatar el procedimiento".

En la misma línea, considera "innecesaria" la práctica de la pericial caligráfica -del crucigrama cumplimentado en la hoja de periódico que envolvía el cráneo, cubierto a su vez con bolsas de plástico dentro de la caja de cartón-, así como el reconocimiento judicial -por los jurados- de la vivienda de la calle Padre Basabe en la que la sospechosa, natural de Sevilla, llevaba siete años conviviendo con la víctima hasta su desaparición, en febrero de 2019-, y donde supuestamente se produjo el crimen, pues obran en la causa diligencias de inspección técnico ocular del piso "suficientemente ilustrativas".

Finalmente, el magistrado resolverá al dictar el auto de hechos justiciables sobre la pericial técnico acústica propuesta igualmente por la defensa y que pretende aportar de cara al plenario, relacionada con el sonido de una motosierra de la marca y modelo con la que supuestamente Merino habría descuartizado el cuerpo de Baranda para deshacerse de él (sigue sin aparecer), como sostienen las acusaciones pública y particular, ejercida por los familiares del fallecido y que reclaman prisión permanente revisable para la acusada.