TS confirma la cuantía que Gobierno debe abonar a FCC y Ascan por el puerto de Laredo fijada por el TSJC

Determina que el Gobierno de Cantabria no tendrá que pagar por el beneficio industrial como pedía la UTE formada por las recurrentes
Archivo - Puerto dreportivo de Laredo

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) sobre la cuantía que el Gobierno de Cantabria deberá pagar a las constructoras FCC y ASCAN por la liquidación de la concesión para la construcción y explotación del puerto de Laredo.

En dicha sentencia, el TSJC dio la razón al Gobierno regional en el grueso del contencioso que mantienen ambas partes como consecuencia de la liquidación de esta concesión, si bien estableció que además de los 12,6 millones que el Gobierno de Cantabria abonó a la concesionaria (Marina de Laredo, integrada por FCC y ASCAN) tenía que pagarle otros 2,7 millones por el IVA que ésta abonó a la Agencia Tributaria y ésta devolvió a su vez al Ejecutivo regional.

FCC y Ascan, constructoras de esta obra y a la vez integrantes de la concesionaria del contrato con la Administración (Marina de Laredo), recurrieron al Tribunal Supremo y reclamaban que en el importe que debía satisfacer la Administración al concesionario por razón de las inversiones realizadas en la ejecución de las obras de construcción se incluyera el beneficio industrial que las constructoras repercutieron a la concesionaria.

Esta pretensión, que desestimó en su día el TSJC, también ha sido rechazada por el Supremo en su sentencia de 9 de junio, consultada por Europa Press.

Y es que, según sostiene, "el abono del 6% por el beneficio industrial no puede considerarse una de las inversiones realizadas que pueda ser incluida" en la cantidad que debe abonar el Gobierno de Cantabria.

Esta sentencia del Supremo ha contado con el voto particular del magistrado Rafael Toledano, que considera que sí se debía de reconocer el beneficio industrial.