SCAT critica los ERTEs en empresas de transporte de viajeros por carretera que tienen contratos y ayudas públicas

El Sindicato Cántabro de Asalariados del Transporte, ACAT, critica los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) por causas de fuerza mayor por la epidemia de Covid-19 en el sector del transporte de viajeros por carretera de Cantabria, que afectan a casi la práctica totalidad de las plantillas, cuando la mayoría de las empresas tienen en vigor contratos de gestión de servicio público y reciben ayudas y subvenciones para las concesiones de línea de "interés público" y "débil tráfico".

En su opinión, estas empresas "pretenden aprovechar la ocasión de una crisis sanitaria para realizar enriquecimiento ilícito".

SCAT señala que los contratos con la administración pública siguen en vigor, y además las empresas del transporte de viajeros por carretera pueden solicitar su derecho a indemnizaciones y de reclamar salarios como daños y perjuicios, tal y como disponen los pliegos de condiciones de las adjudicaciones y la Ley de Contratos del Sector Público en estos casos o situaciones.

Por lo que entiende que no existen causas, ni motivo alguno para que la autoridad laboral autorice ERTEs de esta naturaleza de forma generalizada en el sector del transporte de viajeros por carretera de Cantabria.

Añade que las ayudas solicitadas por las empresas y la revisión del pago del coste de los contratos públicos de gestión no coinciden en el tiempo "y bien podría pasar que alguna administración "despistada" pagara ayudas sin deducir el coste derivado de la reducción de servicios incurriendo en malversación de fondos públicos", advierte en un comunicado de prensa.

SCAT explica que tanto en la propia Ley 9/2017 de Contratos de Sector público como en los pliegos de licitación, expresamente recogen que los contratos y los salarios de los trabajadores de las empresas adjudicatarias del servicio público deben mantenerse en tanto ya viene presupuestado en el objeto de contrato.

Añade que la propia Ley 9/2017 recoge en su artículo 208 la posibilidad de suspender el contrato de servicio público, debiendo ser comunicado previamente y abonándose a la adjudicataria, entre ellos, los gastos salariales del personal que necesariamente deba quedar adscrito al contrato durante el periodo de suspensión.

"El negocio pudiera ser redondo, y es una prueba más de cómo las directrices de los mercados prevalecen por encima de los gobiernos en detrimento de las personas, que ven como los recursos públicos para mantenerse en esta crisis se desvían y no les llegan, mientras se convierten en un beneficio ilícito para una parte del sector privado", denuncia.

SCAT señala que la Inspección de Trabajo y la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Cantabria todavía puede decir la última palabra. Por último, afirma que si están dispuestos a "dar viabilidad en ciertas concesiones de línea donde se está a "mercado puro y duro", pero para ello, es necesario contar con las organizaciones sindicales representativas del sector, concluye.

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