A información pública el cambio de baremación para la admisión de alumnos en los centros educativos

La Consejería de Educación ha sometido al trámite conjunto de audiencia e información pública, por un período de 10 días hábiles a contar desde el lunes 15, el cambio en los criterios de baremación para la admisión de alumnos en centros públicos y concertados de Cantabria que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, ESO, Bachillerato y Formación Profesional, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE).

La LOMLOE cambia los criterios de baremación de las solicitudes para los casos en que haya más peticiones que plazas. Así, con la LOE, todos los criterios eran prioritarios y ahora se distingue entre criterios prioritarios y otros; se añaden criterios nuevos --la condición legal de familia numerosa, de alumnado nacido de parto múltiple, de familia monoparental y de víctima de violencia de género o de terrorismo--; y se establece un límite máximo de valor proporcional de los criterios, que no podrán superar el 30%, excepto el domicilio.

Estas modificaciones obligan a cambiar los baremos de puntuación que estaban recogidos en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) del 19 de febrero de 2016. Asimismo, los cambios en la orden de la Consejería de Educación sobre procedimientos de admisión afectan a la documentación que hay que presentar para justificar los criterios.

El nuevo texto de la LOMLOE establece que "cuando no existan plazas suficientes el proceso de admisión se regirá por los criterios prioritarios de existencia de hermanos o hermanas matriculados en el centro; proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres, madres o tutores legales y la renta per cápita de la unidad familiar".

Asimismo, continúa, "se tendrá en cuenta que los padres, madres o tutores legales trabajen en el centro, la condición legal de familia numerosa, de alumnado nacido de parto múltiple, de familia monoparental, la situación de acogimiento familiar del alumno o alumna, la concurrencia de discapacidad en el alumno o alumna o en alguno de sus padres, madres o hermanos y hermanas y la condición de víctima de violencia de género o de terrorismo".

"Ninguno de estos criterios tendrá carácter excluyente ni podrá suponer más del 30 % del total de la puntuación máxima, salvo la proximidad al domicilio que podrá superar ese límite", concluye la nueva ley.

Además, para Bachillerato, se añade como criterio el expediente académico.

Para cumplir la legislación estatal, la Consejería de Educación ha publicado hoy en el BOC la resolución de 5 de noviembre de 2021, por la que se someten al trámite conjunto de audiencia e información pública el proyecto de Decreto que modifica el Decreto 16/2009, de 12 de marzo, por el que se regula el procedimiento de admisión de alumnos de las citadas enseñanzas y la orden por la que se modifica la Orden ECD/8/2013, de 4 de febrero, por la que se desarrollan determinados aspectos del procedimiento de admisión de alumnos.

El texto completo de los citados proyectos se puede consultar en la Dirección General de Centros Docentes, en el portal educativo de la Consejería de Educación (www.educantabria.es) y en el Portal de Transparencia de Cantabria.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones interesados pueden presentar sus opiniones, por escrito, en el Registro de la Consejería deEducación, en el Portal de Transparencia o en cualquiera de los lugares establecidos por la ley.