Absueltos el padre e hijo acusados de abusar de una mujer tras invitarla a comer a casa por falta de pruebas

La Sala ve "lagunas" en el relato de ella y no considera acreditado que estuviera en el estado de semi inconsciencia que manifestó

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a los dos hombres, padre e hijo, acusados de abusar sexualmente de una mujer a la que habían invitado a casa a comer por no haber quedado probado que ella no fuera capaz de reaccionar en el momento de los hechos por las sustancias que había consumido ni que estuviera en un estado de semi inconsciencia que aprovecharon los procesados, como alegó en el juicio contra ellos, que se celebró el pasado mes de septiembre.

"No resulta probado el total aturdimiento y falta absoluta o muy relevante de autocontrol de la denunciante", recoge la sentencia, consultada por Europa Press y que también apunta a "numerosas lagunas" en el relato de ella.

Sí ha quedado acreditado que ambos, de nacionalidad colombiana, la penetraron vaginal y rectalmente -como los tres reconocieron-, después de que la mujer se empezara a encontrar mal, pidiera una pastilla para el dolor de cabeza y se tumbara en una cama.

Según el testimonio de ellos, fueron relaciones consentidas tras consumir algo de alcohol y drogas, mientras que ella -que es enfermera-, dijo que no consumió nada conscientemente y que tras tomar el medicamento que había pedido empezó a sentir un sueño "devastador" y una "pérdida de control", aunque en ocasiones se despertó y les vio desnudos o bajándole las mallas, detalles que para la Sala "muestran un grado de conciencia coherente".

Además, aseguró que nunca bebe alcohol y que había consumido cocaína "en contadas ocasiones de forma esporádica", mientras que sus informes corroboran que anteriormente tuvo un consumo crónico de cocaína y benzodiazepinas, incluso con un ingreso en la unidad de psiquiatría por hacerlo de "forma compulsiva".

En las analíticas figuraba la presencia de tóxicos en su organismo compatibles con cocaína, clonazepam, nordiazepam y alcohol -tomaba medicación por el fallecimiento de su hija el año anterior-, pero según la sentencia "no resulta posible" determinar el grado de afectación que provocaron en la víctima ya que depende de si el consumo es habitual o esporádico y también se desconoce cuándo las tomó, pues algunas duran "bastante en sangre". Además, tampoco se ha acreditado que la pastilla que tomó provocara "tan fulminante y radical efecto".

La Sala también ve "extraño" que no recabara asistencia médica más urgente -hasta el día posterior-, especialmente teniendo en cuenta su actividad profesional, y añade que tras salir de la casa condujo "sin incidencia alguna" hasta su domicilio, donde se quedó dormida hasta el día siguiente.

También dijo que a las 23.30 horas la despertó su hijo, pero figura que envió a uno de los procesados los mensajes de WhatsApp "Qué me habéis hecho" y "Estoy muy asustada" a las 20.27, y aunque manifestó que no le había contestado, existe una captura de pantalla en la que figura una llamada perdida de él unos minutos después y un mensaje en el que le responde "Asustada por qué".

QUEBRANTAMIENTO ALEJAMIENTO

La Fiscalía y la acusación particular pedían siete años de cárcel para cada uno de los dos hombres por un delito de abusos sexuales y multas de 10.800 y 5.400 euros por quebrantar la orden de alejamiento que se decretó sobre la víctima al poner la denuncia por estos hechos, que ocurrieron en 2018.

Pero también se les absuelve de este último delito porque no se ha demostrado que supieran cuál era el domicilio de la denunciante. Aunque la mujer atestiguó que llego a verlos "montones de veces debajo de su casa", no llegó a precisar fechas ni momentos concretos, y los encartados alegaron al respecto que aunque en días posteriores pasaron por aquel lugar, no sabían que vivía allí.