Absuelto por falta de pruebas un hombre acusado de agresión sexual a la hija de su pareja

La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a un hombre acusado de agredir sexualmente de manera continuada a la hija de su pareja, mayor de edad, al considerar que no existen pruebas suficientes para condenarle y que el relato de la joven es "poco consistente y coherente".

El juicio contra el acusado se celebró el pasado 26 de mayo y la Fiscalía pedía para él una pena de catorce años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a la chica, de 18 años, con la que convivía en el domicilio de su compañera sentimental.

Así, en una sentencia dada a conocer este viernes, la Sección Tercera de la Audiencia afirma que "no ha llegado al razonable, pleno y absoluto convencimiento con el grado de certeza exigible en materia penal" de que el acusado cometiera los hechos denunciados por la joven.

Y ello por "no haberse practicado prueba de signo incriminatorio con aptitud suficiente para destruir el derecho a la presunción de inocencia que ampara al procesado". En este sentido, explica que el testimonio prestado por la denunciante, no resulta suficiente "al no reunir los requisitos exigidos por la jurisprudencia".

"Solamente consta el testimonio de la víctima como única prueba de cargo contra el procesado, sin elemento alguno de corroboración periférico externo de carácter objetivo que pudiera servir para reforzar dicho testimonio", señala la sentencia.

Y dicho testimonio "no puede afirmarse que resulte convincente", pues sus declaraciones "han resultado poco persistentes y coherentes a lo largo del procedimiento, atendiendo a que no ha declarado siempre las mismas circunstancias en que se produjeron los hechos y apreciándose contradicciones en sus distintos relatos sobre los mismos".

Sus declaraciones "no gozan plenamente de la nota de persistencia al haberse apreciado en dichos relatos ambigüedades y contradicciones de cierta importancia, no constando un relato coherente que goce de suficiente conexión lógica entre sus diversas partes, sin especificar y concretar con suficiente precisión los hechos denunciados, al no haberse mantenido en todo momento los mismos hechos".

Además del testimonio de la joven, el tribunal escuchó al acusado, quien "ha negado tajantemente los hechos denunciados", y a una vecina, que rechazó que la joven le dijera que estaba siendo objeto de abuso sexual o que ella misma le indicara a la chica que se lo contara a su madre, tal y como ella afirmó en su denuncia y en el juicio.

Por otro lado, no se pudo escuchar en el juicio a la madre de la joven, a quien, según la versión de la chica, le contó lo que el acusado le estaba haciendo. "Desafortunadamente no ha podido declarar, por imposibilidad, la madre, pese a haber sido propuesta por todas las partes, dado que se encuentra en ignorado paradero", señala la sentencia.

Así las cosas, y una vez analizado el testimonio de la denunciante y todo el material probatorio existente en la causa, "valorado conjuntamente y sopesando las contradicciones apreciadas y las circunstancias aportadas por los demás testigos, ha resultado insuficiente para desvirtuar el derecho constitucional a la presunción de inocencia del procesado".

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.