El TSJC confirma que las geroculturas no pueden administrar medicamentos sin presencia del personal de enfermería

Residentes y personal de una residencia tras recibir la vacuna contra el Covid
photo_camera Residentes y personal de una residencia tras recibir la vacuna contra el Covid

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado un recurso interpuesto por la Fundación Pumarejo y Azcue, propietaria de la Residencia Santa Ana de Santoña, que fue denunciada por el sindicato UGT por encargar a las gerocultoras la administración de medicamentos a los usuarios cuando no existe en el geriátrico personal de enfermería para supervisarlo.

Esta sentencia del TSJC, ante la que cabe recurso de casación, reafirma el fallo judicial que dictaminó el Juzgado de lo Social 4 de Santander en respuesta a la demanda del sindicato "por atribuirse a las gerocultoras funciones profesionales que no las corresponde, salvo que esté presente personal de enfermería que supervise cómo se administran los medicamentos a los residentes".

En Juzgado de lo Social obligó a la residencia a modificar los planes de trabajo de las gerocultoras conforme al Convenio aplicable en algunos términos.

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El Sector de Dependencia de UGT en Cantabria ha indicado que la sentencia del Juzgado de lo Social de Santander decía de manera textual que "corresponde a las enfermeras la preparación de la medicación y la supervisión de su administración; las geroculturas pueden administrarlo pero siempre que exista tal supervisión y que la medicación haya sido preparada por la enfermera".

El Juzgado de lo Social condenaba que la Residencia Santa Ana encargara a las gerocultoras la administración de medicamentos previamente preparados sin la presencia de personal de enfermería y con la indicación de que, si surgía alguna incidencia, se pusieran en contacto telefónico con la propia enfermera del centro o con el 061.

La sentencia que emite ahora el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria desestima los argumentos del geriátrico y alude a una resolución del Supremo en la que se indicaba que "una cosa es colaborar puntualmente con el personal sanitario en la administración de la medicación y otra al margen de sus cometidos, preparar y también administrar los medicamentos".

A juicio de la responsable regional del Sector de Dependencia de UGT, Margarita Pelayo, esta sentencia "pone las cosas en su sitio y demuestra que a las gerocultoras se las obliga a hacer de todo para cubrir la falta de personal e incluso funciones que corresponden a otros profesionales con su correspondiente titulación".