Torrelavega amplía hasta el 14 de agosto el plazo para solicitar el bono del agua

El concejal de Hacienda de Torrelavega, Pedro Pérez Noriega
photo_camera El concejal de Hacienda de Torrelavega, Pedro Pérez Noriega

El Ayuntamiento de Torrelavega ha ampliado hasta el 14 de agosto el plazo para poder solicitar el bono de reducción de la tarifa del agua, con el fin de "facilitar" a todos los posibles beneficiarios de esta bonificación el acceso a la misma.

Con esta ampliación del plazo se podrán resolver todas aquellas solicitudes que se presentaron fuera de plazo y se dará la posibilidad de que opten a estas ayudas aquellas personas que cumplan los requisitos, ha explicado el concejal de Hacienda, Pedro Pérez Noriega.

La solicitud debe presentarse en el Registro Municipal hasta el 14 de agosto en horario de lunes a viernes, de 9 a 14 horas. El Ayuntamiento recuerda que desde el pasado 31 de julio se ha suprimido el sistema de cita previa y se efectúa la atención presencial por orden de llegada (sistema de cola).

La información sobre la documentación necesaria se puede obtener en Aguas Torrelavega.

En cuanto a los beneficiarios de estas ayudas, Pérez Noriega ha indicado que existen diferentes tipos de bonificaciones.

Así por ejemplo, los jubilados y pensionistas, así como las personas perceptoras de prestaciones por desempleo, cuyos ingresos por todos los conceptos no superen el 110% del salario mínimo interprofesional y carezcan de bienes propios, excepto la vivienda en que habitan, tendrán una bonificación del 100% en la cuota fija de la tasa de uso doméstico de la vivienda habitual, ha informado el Ayuntamiento en nota de prensa.

Asimismo, se incluirán en esa bonificación los contribuyentes cuya renta per capita sea inferior al SMI. También podrán optar a una bonificación del 100% en la cuota fija de la tasa de uso doméstico de la vivienda habitual aquellos sujetos pasivos en concepto de contribuyentes que sean perceptores de la renta social básica; de pensiones no contributivas de jubilación o invalidez; de subsidio por desempleo, Renta Activa de Inserción, subvención del PREPARA o ayuda económica de acompañamiento del programa Activa; o de ayuda a la dependencia, con capacidad económica de la unidad familiar igual o inferior a 1,5 veces el IPREM.

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