La Audiencia aborda este miércoles el recurso de Puerto Gallego y los ediles condenados por prevaricación

15/11/21  SANTANDER
ep juicio 
Juicio a la exalcaldesa de Santoña Puerto Gallego y otros ocho concejales socialistas de su gobierno por prevaricación administrativa


FOTO: Juan Manuel Serrano Arce
photo_camera 15/11/21 SANTANDER ep juicio Juicio a la exalcaldesa de Santoña Puerto Gallego y otros ocho concejales socialistas de su gobierno por prevaricación administrativa FOTO: Juan Manuel Serrano Arce

La Audiencia Provincial de Cantabria tiene previsto celebrar este miércoles una vista para abordar los recursos presentados por la exalcaldesa de Santoña Puerto Gallego (PSOE) y los ocho concejales de su equipo de gobierno inhabilitados por prevaricación administrativa en su etapa en el Ayuntamiento por fraccionar contratos.

El Juzgado de lo Penal número 1 de Santander condenó a Gallego en noviembre de 2021 a cinco años de inhabilitación especial para cargo público en la administración local, y a sus ediles --acusados igualmente por aprobar por unanimidad el pago de facturas pese a los reparos del interventor-- a cuatro años de inhabilitación para desempeñar esos puestos o los de regidor, teniente de alcalde o cualquier otro electivo en el ámbito municipal.

Esa sentencia, que fue dictada por el citado Juzgado solo dos días después de terminar el juicio tras haber sufrido varios retrasos, fue recurrida tanto por la exalcaldesa como por los concejales procesados, que a su vez solicitaron que se practicara nueva prueba testifical y documental, consistente entre otras cosas en tomar declaración como testigo al actual alcalde, el socialista Sergio Abascal, que era concejal a la fecha de parte de los hechos enjuiciados, comprendidos entre 2003 y 2009.

Así se hará en la vista convocada para hoy después de que la Sección Primera de la Audiencia aceptara la incorporación de esa prueba, que fue denegada por la titular del Juzgado de lo Penal 1 de Santander al inicio de la vista oral. También se aportarán diversos documentos relacionados con la contratación pública llevada a cabo cuando los procesados estaban en el Consistorio y expedientes de empresas que prestaban servicios.

En un auto de septiembre de 2022, la Sala admitió estas nuevas pruebas reclamadas por las defensas en el recurso de apelación interpuesto tras el fallo condenatorio, de modo que se incorporarán a la prueba ya practicada durante el plenario celebrado en noviembre de 2021 en el salón de actos del complejo judicial de Las Salesas.

Según argumentaron los apelantes, Sergio Abascal podría dar cuenta del comportamiento de los enjuiciados durante el periodo de los hechos enjuiciados, ya que formaba parte del Ayuntamiento en ese momento y ha seguido después.

Así, esta prueba fue propuesta por una de las defensas con el fin de "acreditar el esfuerzo" realizado por los condenados para la "regularización de todos los contratos objeto de imputación, muchos de los cuales venían siendo realizados por los mismos contratistas desde tiempo casi inmemorial, mucho antes del acceso a los cargos municipales de los imputados".

En cuanto a la prueba documental interesada por los letrados defensores que también ha sido admitida --que igualmente intentaron aportarla en el arranque del plenario pero la jueza se opuso--, los documentos en cuestión versan sobre contratación pública llevada a cabo mientras los condenados formaban parte del Consistorio santoñés, así como un oficio al mismo para que se remitan expedientes de contratos con determinadas empresas o la fecha desde la que prestaban servicios municipales.

Tienen que ver también con cuestiones más concretas, como si los recurrentes participaron solo en determinadas juntas de gobierno o lo hicieron en más, y otros extremos de los citados expedientes, como el tiempo empleado en la tramitación de los mismos o si hubo razones -ordinarias o extraordinarias- que pudieron influir en un retraso.

La investigación que desembocó en la condena a Puerto Gallego y sus ediles partió de una denuncia del exconcejal de Falange Leoncio Calle Pila. A esta acusación particular, que pedía nueve años de inhabilitación para todos los implicados, se sumó después el PP, que interesaba ocho años, los mismos que el fiscal.

La vista, señalada inicialmente en 2019, se suspendió al faltar cinco cajas de documentación con más de 6.000 folios. La causa regresó al Juzgado de Santoña y el juicio se programó en abril de 2020, pero tampoco se pudo celebrar por el Covid, ni en diciembre de ese año por problemas de agenda de los letrados.

Vistos los hechos, la magistrada los consideró probados y constitutivos del delito continuado de prevaricación administrativa. Destacó en la resolución que pese al reparo de la Intervención se aprobaron facturas a diferentes empresas -fundamentalmente cuatro- que prestaban servicios municipales (de limpieza o mantenimiento) o efectuaban distintos suministros, incurriendo así en un "fraccionamiento" del objeto del contrato.

Fueron gastos de carácter "periódico y/o repetitivo" que "carecían" de los correspondientes expedientes contractuales, con lo que se eludía el "control" previsto sobre el funcionamiento de las administraciones locales. De todo dedujo que "los acusados eran conscientes de la arbitrariedad de sus resoluciones" y que "la ilegalidad era clara" en conductas llevadas a cabo durante su mandato.

Está previsto que la vista sobre el recurso se celebre a partir de las 9.30 horas en la Sección Primera de la Audiencia Provincial.