La justicia suspende de forma cautelar las licencias de actividad y obras a un salón de juegos de Santander

Máquinas Tragaperras En Un Salón De Juegos.
photo_camera Máquinas Tragaperras En Un Salón De Juegos.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Santander ha suspendido de forma cautelar las licencias de actividad y obras concedidas a un salón de juegos previsto en Isaac Peral 30-32, que no podrá abrir hasta que haya una sentencia firme.

Así consta en un auto dictado esta semana por ese órgano judicial, cuyo titular, Luis Acayro Sánchez, ha estimado las medidas cautelares solicitadas por la comunidad de propietarios del portal 32 de esa calle.

Según la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, los dueños de las viviendas recurrieron la desestimación de otro recurso interpuesto contra la resolución del Ayuntamiento que en enero de 2019 concedía licencia de actividad al salón de juegos y de obras para el acondicionamiento del local.

El juez admitió a trámite el recurso y abrió una pieza separada para resolver sobre la medida cautelar planteada por los vecinos, y que ha sido estimada ahora.

Se suspenden así los efectos de ambas licencias, de actividad y obras, por lo que el establecimiento no podrá entrar en funcionamiento hasta que se dicte sentencia firme. Además, se imponen las costas procesales a la administración.

ALARMA SOCIAL

La comunidad de propietarios, defendida por la abogada María Luz Ruiz Sinde, interesó la aplicación de artículos legales según los cuales la ejecución del acto impugnado se entiende suspendida si pasado un mes desde la citada solicitud no se ha resuelto y, en caso de que se interpusiera recurso solicitando la suspensión, hasta que haya resolución judicial.

Asimismo, puso de manifiesto que no consta concedida la licencia de primera ocupación ni de apertura, ni han sido publicadas tampoco en el BOC, el Boletín Oficial de Cantabria.

Además, la letrada esgrimió que, de permitirse las obras y su apertura, se "contribuiría a la gran alarma social existente en relación a estos establecimientos".

SALÓN RECREATIVO, NO BINGO

Por su parte, el Ayuntamiento no realizó alegaciones, en tanto que el salón de juegos se opuso a las pretensiones de los vecinos al considerar que no se ha acreditado el "perjuicio irreparable o de difícil reparación" derivado de las licencias de obra y actividad concedidas.

Alegó también que la solicitud se realizó "un año y medio después" de la desestimación presunta, y recordó además la resolución de 19 de marzo de 2020 del Gobierno de Cantabria por la que se acordó la suspensión de concesiones de autorizaciones de funcionamiento de nuevos salones de juego y locales de apuestas excluyendo las que hubieran obtenido licencia, como en este caso.

La empresa también esgrimió que la actividad que pretendía desarrollar en Isaac Peral es de salón de juego recreativo y no de bingo, por lo que no considera aplicable la licencia municipal.

Y tras argumentar que la misma no había sido revisada ni anulada por la administración, entendía finalmente que lo que "se estaba solicitando era realmente un pronunciamiento anticipado sobre el fondo del asunto".

Contra esta resolución judicial cabe interponer recurso de apelación en el plazo de quince días ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

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