La fiscal se opone a la absolución del homicida del 'after' y a la repetición del juicio

Juicio contra el acusado de asesinar a un hombre a la salida de un 'after' en Santander
photo_camera Juicio contra el acusado de asesinar a un hombre a la salida de un 'after' en Santander

La fiscal que ejerció la acusación pública en el caso del apuñalamiento mortal a la salida de un 'after' de Santander se ha opuesto a la absolución del condenado a once años de cárcel por este homicidio así como también a la repetición del juicio, celebrado con jurado popular durante dos semanas del pasado mes de diciembre y que se practicón "con todas las garantías".

La representante del ministerio interesa así la desestimación del recurso que, en ese doble sentido, presentó la defensa del principal procesado, Santiago L.G., tras la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cantabria, conforme al veredicto de culpabilidad del tribunal.

"En el recurso se mezclan muchas y variadas cuestiones, la mayoría ajenas al procedimiento penal y a fundamentos jurídicos, para pedir la absolución del acusado o la nulidad, insistiendo mucho en cuestiones resueltas en fase de instrucción y en el desarrollo del juicio oral", replica la fiscal en su escrito.

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El letrado defensor solicitada para su patrocinado, condenado por la pelea y puñaladas a las puertas del 'Vendetta' en agosto de 2018 y la muerte de un hombre de 38 años- recurrió el fallo, de la Sección Primera, interesando la libre absolución de su representante -que tenía 25 años en el momento de los hechos- y, además, la repetición de la vista oral por varios motivos, como falta de imparcialidad -de la letrada de la administración de justicia y la fiscal- o como consecuencia de la nulidad de pruebas interesada.

En concreto, esta parte solicitaba la nulidad de pruebas relacionadas con las grabaciones de las cámaras de seguridad de varios establecimientos y comunidades de propietarios de la zona donde sucedieron los hechos, el informe fisionómico al principal procesado -que se enfrentaba inicialmente a 20 años de prisión por asesinato- y del criminalístico sobre una cazadora hallada en el 'after', que a su entender estaban orientados a demostrar la vinculación del implicado con lo sucedido "sin entrar a valorar otras posibles opciones".

Y también recurrió el fallo -que condenó a Miguel L.G., primo del anterior, por dar una patada en la cabeza a la víctima cuando yacía en el suelo mortalmente herida- por el objeto del veredicto, al entender que algunas preguntas se basaban en declaraciones de testigos -como el portero del local- en dependencias policiales, no aportadas al procedimiento ni ratificadas en el juicio.

A este respecto, la fiscal contesta que si bien es cierto que los miembros del jurado no tenían acceso a las declaraciones policiales de los testigos, sí tuvieron "conocimiento indirecto" de las mismas al explicar los agentes "prolijamente cómo se había desarrollado la investigación en base a esas primeras declaraciones, en las que se describen los autores por ropa y descripción física" -no rostros-.

Datos que, agrega en su escrito, "sirven para la búsqueda en las cámaras de grabación y, efectivamente, coinciden con la descripción física dada por los testigos en las primeras manifestaciones".

Así las cosas, "fueron declaraciones introducidas en el juicio bien porque se ratificaron o bien por vía de contradicción y aportación de testimonios presenciales en cuanto a ropa y complexión física", argumenta la fiscal.

Además, en su contestación afea a la defensa que tanto durante el juicio oral como previamente en fase de instrucción estuvo todo el "tratando de empañar la profesionalidad de los policías nacionales" --que en opinión de la fiscal "obraron con absoluta profesionalidad e imparcialidad"--, haciendo "continuos alegatos sobre si habían investigado mucho o poco, de una manera o de otra, o habían aportado o no determinados informes tratando, insiste, únicamente en de confundir al jurado popular".

En este punto, recuerda la fiscal, la defensa reveló en el plenario que unos días antes de iniciarse había presentado una querella contra el jefe del grupo policial por supuesta falsedad y otros delitos, y que fue archivada por el Juzgado de Instrucción dos de Santander "sin más trámites por carecer de fundamento jurídico alguno".