Condenan al TUS a hacer fijos a dos conductores con quince años de antigüedad

La titular del Juzgado de lo Social número dos de Santander ha condenado al Servicio Municipal de Transportes Urbanos de la ciudad a hacer fijos a dos trabajadores, con una antigüedad en la compañía de casi quince años, desde octubre y julio de 2007.

Así lo ordena la jueza en un sentencia, consultada por Europa Press, en la que estima la demanda presentada por los dos afectados contra el SMTU, en la actualidad el TUS, en el que prestan servicio en la categoría de conductor-perceptor.

Accedieron al mismo tras la convocatoria publicada en octubre de 2006 para la provisión, mediante concurso-oposición libre, de 40plazas vacantes en la plantilla de personal laboral. Ambos demandantes participaron en la misma y como obtuvieron plaza pasaron a formar parte de la bolsa de trabajo.

Firmaron sendos contratos de interinidad en plaza vacante, para cubrir temporalmente el puesto durante el proceso de selección o promoción, hasta su cobertura definitiva, por lo que se extendería hasta la incorporación de plazas en la próxima oposición.

Las de los demandantes se incluyeron en la oferta pública de empleo de 2018 y el TUS está elaborando en la actualidad las bases que regirán el proceso selectivo en el que están comprendidas.

En su resolución, la magistrada alude a otra sentencia dictada por el Juzgado Social número 4 el pasado mes de febrero y que resuelve un supuesto idéntico, aunque no es firme porque la demandada ha anunciado recurso.

Y señala que en este caso han transcurrido quince años de duración del contrato de interinidad, con lo que "se supera ampliamente" el plazo de tres referido en una sentencia alegada, "sin que exista ninguna causa extraordinaria que justifique esta duración, ni pueda considerarse como tal las restricciones presupuestarias invocadas por la entidad demandada, por lo que la relación laboral ha devenido indefinida".

Considera al respecto que la calificación de la relación laboral entre las partes como fija es en este caso "perfectamente respetuosa con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público".

Y es que los demandantes participaron en la convocatoria para la provisión de plazas fijas, superaron todos los ejercicios de la fase de concurso y de oposición sin conseguir plaza y pasaron a formar parte de la bolsa de trabajo que se contemplaba en la propias bases, siendo llamados para ocupar una plaza de la misma categoría profesional a la que respondía el proceso selectivo y suscribiendo un contrato de interinidad que fue declarado fraudulento.

Por todo ello, la jueza estima la demanda y rechaza la alegación del TUS del proceso de estabilización de empleo temporal previsto en la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, "que no impide el ejercicio de la acción para solicitar la fijeza de la relación laboral".