La Comisión de Economía aprueba definitivamente el Presupuesto de Santander de 2021

La alcaldesa de Santander, Gema Igual, y el concejal de Economía y Hacienda, Víctor González Huergo
photo_camera La alcaldesa de Santander, Gema Igual, y el concejal de Economía y Hacienda, Víctor González Huergo

La Comisión de Economía del Ayuntamiento ha aprobado este martes definitivamente, en sesión ordinaria, el Presupuesto general de Santander para 2021 tras la desestimación de las dos alegaciones presentadas por Comisiones Obreras.

Así lo ha informado en nota de prensa, el concejal del área, Víctor González-Huergo, que ha explicado que este acuerdo deberá ser refrendado en el Pleno que se celebra el viernes para su posterior publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y su entrada en vigor.

En la Comisión, también se ha iniciado el proceso de la modificación de ordenanza fiscal general de recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público.

De esta forma, el Ayuntamiento ampliará hasta un mes después de finalizar el estado de alarma el plazo para solicitar las nuevas bonificaciones del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y las del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).

- Súmate: Si nos sigues en Telegram te llevamos a tu móvil la información más importante de cada día de forma sencilla y gratuita. Puedes hacerlo clicando aquí

La primera de ellas supone una reducción del 20% de la cuota íntegra del impuesto de los titulares que desarrollen una actividad económica cuyo uso catastral reconocido sea de Ocio y Hostelería, Cultural o Espectáculos; y otra del 10% para las de uso Comercial, Industrial, Oficinas, Sanidad o Deportivo, o bien, que estén incluidas en un Bien de Características Especiales.

Los requisitos para obtener esta ayuda son que la actividad se ejerciera antes del 15 de marzo de 2020 y continúe ejerciéndose, al menos, hasta el 31 de diciembre de 2021, que coincida el uso catastral del inmueble y que se mantenga el número de puestos de trabajo entre las mismas fechas, incluyéndose los ERTEs, si los hubiera, justificándose con la pertinente resolución administrativa.

Asimismo, también se exige que tanto el solicitante como el arrendatario se encuentren al corriente en el pago de las obligaciones tributarias o no tributarias con el Ayuntamiento en el momento de la solicitud de la bonificación.

En el caso de que el inmueble se encuentre alquilado y la actividad se ejerza por una persona distinta, será necesario que en el contrato de arrendamiento el alquilado asuma como obligación el pago del IBI.

Los documentos exigidos para acreditar la existencia de actividad en el inmueble son una declaración responsable y el compromiso de mantenimiento de los puestos de trabajo entre las fechas indicadas y, en el caso de inmuebles alquilados, una copia del contrato de arrendamiento.

En cuanto a la nueva bonificación del 25% en el IAE, que también es de carácter rogado, es decir, que deberá pedirse expresamente mediante impreso normalizado, pudiendo realizarse también de forma online.

De esta forma, los solicitantes que tributen por cuota municipal y desarrollen alguna de las actividades incluidas en el decreto 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del IAE, podrán disfrutar de una bonificación del 25% de la cuota correspondiente, siempre que el promedio de trabajadores de la plantilla con contrato indefinido, a 31 de diciembre de 2020, se haya visto incrementado con respecto al número de trabajadores existente al inicio del periodo impositivo 2020.

Los requisitos para acceder a esta bonificación son que dicho aumento de plantilla se haya producido en los centros de trabajo en el municipio de Santander y que los solicitantes se encuentren al corriente en el pago de las obligaciones tributarias o no tributarias con el Ayuntamiento de Santander en el momento de la solicitud.

La documentación que se debe aportar -además de acreditar la representación legal o apoderamiento y la vigencia de la misma o autorización- es el certificado de empresa en el que se relacionen los trabajadores con contrato indefinido en ese centro de trabajo del periodo impositivo inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación y del periodo impositivo anterior; copia de los contratos indefinidos y copia de los TC2 del mes de diciembre del periodo impositivo afectado.

Este trámite también se puede realizar de forma online descargando y rellenando el documento denominado 'Solicitud' que figura en el apartado 'impresos' del panel lateral derecho de la web, que se deberá guardar en formato PDF, y posteriormente realizando la presentación electrónica indicando en el asunto 'Bonificación creación empleo IAE'.

En la parte de documentos a aportar, se deberá incluir también el PDF generado anteriormente y rellenar la parte en la que figura el texto 'Expongo y solicito a su discreción' para, a continuación, presentar la declaración.

En este sentido, el concejal recomienda a las personas que tengan dudas que las resuelvan a través del teléfono de contacto 942 200 691 ò en el correo [email protected]

De otro lado, la Comisión de Economía también ha aprobado el abono de las partidas correspondientes a los servicios prestados al Ayuntamiento por diversas empresas como parte de un trámite ordinario que contempla la legislación y que es utilizado con frecuencia por parte de las administraciones.