La acusación no recurrirá la sentencia absolutoria del alcalde de Vega de Liébana

Alcalde de Vega de Liébana, Gregorio Alonso

La sentencia absolutoria del alcalde de Vega de Liébana, Gregorio Alonso (PRC), acusado de falsedad documental en un escrito dirigido al Gobierno de Cantabria y relacionado con la vía ferrata del municipio, no será recurrida por la acusación particular, ejercida por una concejala de la oposición (PP) que denunció los hechos.

Así, aunque esta parte considera "reprochable" la actuación del regidor regionalista -que falsificó la firma de tres alcaldes pedáneos para lograr la autorización provisional del proyecto-, considera que la resolución judicial está bien fundamentada y se ajusta a la línea jurisprudencial marcada para este tipo de delitos, según ha trasladado a Europa Press.

El fallo, de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial que enjuició los hechos, consideró que el documento en cuestión, fechado el 2 de diciembre de 2016, "no se contenía una mutación de la realidad relevante, seria y trascendente merecedora de sanción penal".

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En este sentido, la sala destacó que Alonso contaba en el momento del escrito de la "efectiva autorización" de las tres Juntas Vecinales afectadas por la via ferrata: Ledantes, Villaverde y Barrio, que habían concedido los permisos necesarios para la instalación en sus terrenos.

"No puede afirmarse, por tanto, que existiera oposición clara y expresa a la ejecución" del proyecto por parte de "ninguna" de las entidades locales, apunta la sentencia, difundida la semana pasada, tras la vista celebrada a finales de febrero.

En ella, el alcalde lebaniego -que se enfrentaba a tres años y medio de cárcel que pedía la Fiscalía- reconoció lo sucedido y alegó que fue "una torpeza" por su parte. "Teniéndolo todo en la mano para hacerlo bien, lo hice mal", manifestó.

Así, se mostró conforme con los hechos pero no con la pena solicitada por el Ministerio Público y a la que se sumó la acusación particular, partes que también interesaban multa de 3.600 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 3 años.