Turismo convoca ayudas por 650.000 euros para inversiones de las empresas del sector

Dirigidas a alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares, campamentos de turismo y empresas de turismo activo
Terraza de un bar-restaurante de Torrelavega

La Consejería de Industria y Turismo del Gobierno de Cantabria ha aprobado la convocatoria de subvenciones por importe de 650.000 euros a las empresas turísticas para inversiones en alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares; campamentos de turismo y empresas de turismo activo.

La convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) el pasado 1 de septiembre y el plazo de solicitud está abierto hasta el 23 de septiembre. El importe de la subvención será igual al 30 por ciento de la inversión subvencionada, hasta un máximo de 40.000 euros.

El consejero de Turismo, Javier López Marcano, ha destacado que esta convocatoria tiene como finalidad apoyar a las pymes del sector en su apuesta por la calidad a través de obras de reforma y mejora de las instalaciones hoteleras, extrahoteleras y de turismo rural, así como de campamentos de turismo, restaurantes, cafeterías y bares en materia de accesibilidad, eficiencia energética y ascenso de categoría, entre otras.

Las inversiones relacionadas con la certificación de la marca de calidad turística 'Q/UNE', la instalación de tecnología wifi, sistemas de automatización de instalaciones, eficiencia energética y adquisición de terminales de punto de venta (TPV) son algunas de las acciones subvencionables.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares de las pequeñas y medianas empresas turísticas, ya sean personas físicas o jurídicas, cuyo establecimiento se encuentre en Cantabria y estén ejerciendo legalmente su actividad en las diferentes categorías de alojamientos turísticos, restaurantes, cafeterías y bares o campamentos de turismo, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de las empresas turísticas se considerarán gastos subvencionables los que tengan por objeto inversiones en las distintas categorías de alojamientos turísticos, a excepción de campamentos de turismo, con una inversión mínima subvencionable de 10.000 euros para establecimientos con más de 25 habitaciones, 6.000 euros para los de 15 a 25 habitaciones y 5.000 euros para los de menos de 15 habitaciones.

Los gastos subvencionables abarcan un amplio abanico de mejoras en las instalaciones de los establecimientos, como obras de mejora de la accesibilidad, acondicionamiento de zonas comunes o los necesarios para el ascenso de la modalidad de "hostal a extinguir" a hotel.

En los subsectores de restaurantes y cafeterías la inversión mínima subvencionable será de 6.000 euros, incluyendo entre otras acciones las obras de reforma y mejora de cocinas y zonas comunes, la adquisición de mobiliario y maquinaria y obras en materia de accesibilidad para personas con movilidad reducida.

También para los campamentos de turismo la inversión mínima subvencionable será de 6.000 euros para obras de acondicionamiento e infraestructura de las parcelas a la legislación de aplicación, así como la adaptación de los viales para la mejora de la circulación y accesos a las parcelas; para la creación de plazas de aparcamiento de vehículos, excluida la compra de terreno o acondicionamiento, y mejora de las instalaciones eléctricas, acometidas, acumuladores de agua e instalaciones de depuración de aguas residuales.

Los bares contarán con una inversión mínima subvencionable de 3.000euros para obras de acondicionamiento y mejora de los baños de uso común y obras de insonorización horizontal, vertical y paramentos exteriores, incluidas ventanas y puertas.

Las empresas de turismo activo inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Cantabria, también podrán beneficiarse de estas ayudas con una inversión mínima subvencionable de 1.000 euros y máxima de 30.000, para la adquisición de material y equipos homologados para el correcto desarrollo de las distintas actividades que lleven a cabo, quedando incluidos vehículos en aquellos casos en los que su uso sea indispensable para el correcto impulso de la actividad.