El TS confirma la sentencia que obliga a AMPROS a abonar los complementos salariales fijados por convenio a su plantilla

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Comisiones Obreras de Cantabria ha celebrado el auto del Tribunal Supremo que confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que condenó a AMPROS en julio de 2018 y declaró "que no es absorbible el concepto de plus de actividad mínimo exigible con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)".

El sindicato insta a la empresa a abonar a la mayor brevedad, el próximo mes, el dinero adeudado, que cifra en más de 600 euros anuales por trabajador. Actualmente, la plantilla de AMPROS cuenta con entre 350 y 400 personas y según CCOO, "aproximadamente 100 se ven afectados por esta pérdida de complementos salariales, además de los trabajadores que ya no están en la empresa y podrán reclamar".

En nota de prensa, el sindicato destaca que este auto da la razón definitiva a la Federación de Enseñanza de CCOO de Cantabria, que "lleva más de dos años denunciando la situación de los trabajadores de esta empresa y aguantando el intento de descrédito y acusaciones de la Dirección, además de su táctica de dilatar los tiempos acudiendo al Tribunal Supremo a pesar de haber sido condenados por el TSJC".

CCOO puntualiza que este conflicto "no es nuevo y se vio agravado" por la decisión de la Dirección de AMPOS de reducir y eliminar, desde 2018, los complementos salariales establecidos en el convenio colectivo en vigor para los trabajadores de su Centro Especial de Empleo ante la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 735,90 euros mensuales.

A partir de 2019, además, el SMI aumentó a 900 euros mediante el Real Decreto 1462/2018 y a 950 euros mediante el Real Decreto 231/2020, que es la cifra actual. La empresa se negó a pagar los complementos, que eran independientes al SMI tal y como ya sentenció el Juzgado de lo Social y el TSJC, y ahora ratifica el TS.

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