El SCS tendrá que abonar complementos de festivos y noches en bajas por embarazo y maternidad o paternidad

Así como durante permisos de lactancia
Sede del Servicio Cántabro de Salud (SCS)
photo_camera Sede del Servicio Cántabro de Salud (SCS)

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Santander ha obligado al Servicio Cántabro de Salud a retribuir a sus trabajadores con el complemento salarial por festivos y noches durante bajas por riesgo de embarazo, maternidad o paternidad, así como en los permisos por lactancia.

Así lo establece una sentencia, dictada esta semana y consultada por Europa Press, en la que la jueza estima una demanda interpuesta por el sindicato SATSE y condena al SCS a abonar 2.594 euros a una enfermera que estuvo de baja ocho meses, cuatro por riesgo de embarazo y otros tantos por maternidad. Durante ese tiempo, no percibió ninguna cantidad por el complemento de atención continuada ni turnicidad.

Con este fallo, que es firme pues no cabe interponer recurso alguno, la magistrada anula la resolución recurrida del SCS, que reconocía el derecho reclamado siempre que se cotizara por la base máxima, a pesar de que la jurisprudencia no exige ese requisito, y condena al organismo público, dependiente de la Consejería de Sanidad.

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En concreto, la sentencia reconoce el derecho a percibir, con cargo al SCS, un complemento a la prestación económica abonada por la mutua o INSS durante las citadas bajas o permisos, que incluye el promedio de lo cobrado durante los seis meses anteriores a través de los conceptos de atención continuada y turnicidad.

Esta resolución judicial reconoce un derecho que, hasta ahora, no tenía la plantilla del SCS, según ha destacado SATSE en un comunicado, en el que ha indicado que llevaba "tiempo luchando" por esta reivindicación.