Los juzgados de Cantabria pueden comenzar a señalar juicios a celebrar cuando se alce la suspensión

Imagen de la mano de un juez, con la toga negra que visten en las vistas orales.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, José Luis López del Moral, ha dictado este lunes un acuerdo por el que se comunica a los jueces del territorio que una vez que se conozcan los aforos máximos permitidos en las salas de vistas y otras dependencias judiciales pueden comenzar a señalar comparecencias, vistas y juicios para su celebración cuando se levante la suspensión de actuaciones judiciales que acompañó a la declaración del estado de alarma por la epidemia de coronavirus.

El plan de reactivación de la actividad judicial establece que el levantamiento de la suspensión de actuaciones judiciales se producirá cuando la administración de justicia pase de fase 2 a fase 3, sin determinar una fecha concreta.

Actualmente, los órganos judiciales de España se encuentran en la fase 1 desde el pasado 12 de mayo y, como viene ocurriendo desde la declaración del estado de alarma, solo celebran aquellas actuaciones que son consideradas urgentes o inaplazables por su carácter esencial. Esta semana estaba previsto pasar a la fase 2, pero se ha acordado

ADECUACIÓN DE ESPACIOS

El proceso de adecuación de los espacios para su uso respetando la distancia mínima interpersonal está "prácticamente completado" en todos los órganos judiciales del territorio, según ha informado el TSJC en un comunicado de prensa.

Esta adecuación de los espacios es la que está permitiendo conocer el número máximo de personas que puede permanecer en cada una de las salas de vistas y dependencias judiciales.

PAUTAS PARA COORDINAR LOS SEÑALAMIENTOS

En su acuerdo, el presidente del Tribunal Superior da unas pautas a los jueces para el señalamiento de las vistas y comparecencias.

Así, a la hora de señalar una actuación, cada juzgado deberá tener en cuenta el aforo máximo no solo de su sala de vistas sino también de toda la sede judicial, donde se encuentran otros órganos judiciales que también pueden tener algún señalamiento.

Por ello, los órganos judiciales de una misma sede, independientemente de la jurisdicción a la que pertenezcan, deberán coordinarse entre sí.

Con el fin de centralizar la información y tener la seguridad de que no se superan los aforos máximos de las distintas sedes judiciales, cada órgano debe remitir diariamente a la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior una relación numérica de las vistas señaladas.

También deberán indicar la fecha de celebración, la hora de inicio y la aproximada de finalización, y el número de personas que comparecen presencialmente.

Del mismo modo y con tal fin, el presidente del Tribunal Superior pide colaboración a la Fiscalía de Cantabria para que informe, en relación a las comparecencias que celebra, de cuándo tienen lugar, cuál es su duración estimada y cuántas personas acuden presencialmente a las mismas.

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