La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso presentado por la Plataforma para la Defensa del Sur de Cantabria contra la autorización otorgada por el Ministerio para la Transición Ecológica para el parque eólico El Escudo que Biocantaber ejecuta en Cantabria.
Tanto la empresa promotora como la Abogacía del Estado se oponían a la demanda del colectivo, que pedía denegar la autorización por motivos como la falta de información y participación en el expediente, falta de evaluación ambiental estratégica, aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) con criterios distintos a otros parques eólicos, oposición de los propietarios de los terrenos, afecciones a la Red Natura 2000 o vulneración de la normativa protectora del paisaje, entre otros.
Argumentos que rechaza la Sala en su sentencia, dada a conocer por la propia Plataforma, que ya avanza que recurrirá en casación.
Por ejemplo, el Tribunal rebate que "no hay tal" falta de información y participación en la toma de decisiones a la vista del expediente tramitado, o que la DIA de un determinado parque eólico puede imponer exigencias distintas a las de otro proyecto, "pudiendo además la Administración cambiar sus criterios de actuación".
También apunta que El Escudo -que afecta a los municipios cántabros de Campoo de Yuso, Luena, San Miguel de Aguayo y Molledo- fue sometido a un "riguroso" proceso de evaluación de impacto ambiental que, tras obtener la DIA favorable, asegura su compatibilidad con las áreas protegidas de la Red Natura 2000.