Fomento tendrá que pagar un millón de euros a FCC por intereses de demora en el tramo Solares-La Encina (A-8)

La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Fomento a abonar algo más de 986.000 euros a la empresa FCC Construcción, adjudicataria del tramo Solares-La Encina de la Autovía del Cantábrico A-8, en concepto de intereses de demora por retraso en el pago de la revisión de precios del contrato.

La sentencia, estima el recurso contencioso administrativo de FCC contra la desestimación presunta por el Ministerio de Fomento de la reclamación de intereses de demora en vía administrativa por el retraso en el pago de las cantidades correspondientes a la revisión de precios del contrato, que se tenían que haber aplicado en cada una de las certificaciones de obra ordinarias desde la fecha en que se devengaron hasta su efectivo abono.

El fallo se suma a otro del pasado mes de junio, en el que la Audiencia Nacional condenaba al Ministerio a abonar algo más de 975.000 euros a la Unión Temporal de Empresas que construyó el tramo La Encina-Torrelavega (Acciona Construcción S.A. e Izel Obras e Infraestructuras S.L., que formaban 'La Encina UTE'), también por intereses de demora.

A diferencia de la sentencia de junio, esta vez la Audiencia Nacional no impone costas procesales al Ministerio al haberse "allanado" la administración a las pretensiones de la empresa, y no apreciar la existencia de mala fe.

El contrato del tramo Solares-La Encina se adjudicó en abril de 2007. Según consta en la sentencia, los requisitos necesarios para la aplicación de la revisión de precios en este contrato -la ejecución del 20% de la obra y que haya transcurrido un año desde la adjudicación- se cumplen en la certificación nº 40, correspondiente al mes de diciembre de 2010, y la administración no incluyó este concepto hasta la certificación nº 66 de febrero de 2013.

Además de los 986.000 por intereses de demora, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional condena al Ministerio al pago de los intereses legales generados por aquella cantidad desde la fecha de interposición del recurso (28 de febrero de 2019), hasta la fecha de abono de la misma, a determinar en ejecución de sentencia.