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Las empresas no ven despido colectivo ni requisitos para subrogar a los empleados de Vodafone

La representación de los trabajadores asegura que la concesionaria sigue contratando para continuar prestando el servicio de telefonía

Las empresas concesionarias de la instalación y mantenimiento de las líneas telefónicas de Vodafone en Cantabria entienden que no hubo despido colectivo de la veintena de empleados que se quedaron sin trabajo cuando se produjo el relevo de las adjudicatarias y tampoco ven que se cumplieron los requisitos para su subrogación.

Así lo han expuesto los representantes de las sociedades saliente y entrante, Zener Plus y Circet Cableven, este martes en la vista oral por el despido de los operarios de la primera, que no fueron subrogados por la segunda.

La sesión se ha desarrollado en la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria a raíz de la demanda interpuesta por los afectados, representados por el sindicato Comisiones Obreras, y que ha denunciado que tras esos despidos la nueva concesionaria está realizando contrataciones para seguir prestando el servicio.

Los afectados consideran que la falta de subrogación en sus contratos por parte de la nueva adjudicataria del servicio supone un "despido colectivo de hecho" y solicitan que se declare su nulidad o,subsidiariamente, que no se ha ajustado a derecho.

En concreto, los representantes de los trabajadores defienden que, en base al artículo 74 del convenio colectivo del metal, el personal tiene derecho a la subrogación en la nueva empresa.

Sin embargo, la nueva concesionaria se ha negado a subrogarles y una veintena se encuentran en una situación de no estar despedidos de la anterior empresa ni contratados en la nueva.

Como consecuencia de esto se convocó la vista por despido colectivo, argumentando el incumplimiento de la cláusula de subrogación y solicitando la reincorporación de los trabajadores a la nueva concesionaria.

El plenario, celebrado en el salón de actos del TSJC y que ha quedado visto para sentencia, estuvo señalado inicialmente para el pasado mes de noviembre, pero se aplazó al no poder acudir todas las partes implicadas en el proceso.

DESPIDO COLECTIVO Y SUBROGACIÓN

En la nueva sesión, la abogada de Zener Plus ha manifestado tanto en las alegaciones iniciales como en las conclusiones tras la práctica de las pruebas -documental, testifical y pericial- que el presente caso no constituye un despido colectivo, ya que no se cumplen los requisitos precisos, como los umbrales del número de afectados.

En este punto, ha incidido en que su representada -de la que dependían una veintena de afectados- es una sociedad que funciona con medios diferentes a los de Zener Comunicaciones, a la que estaban vinculados media decena de empleados más que prestaban servicio para la operadora de telefonía, de modo que no tenían "ningún vínculo" ni existía, según ha dicho, un "grupo patológico laboral".

Y en cualquier caso, tras destacar que su representada envió "toda la documentación" en las distintas fases del proceso "en tiempo y forma", ha remarcado que la tramitación de la subrogación la debe realizar "la empresa entrante y nunca la saliente". "La responsable del despido es Circet como empresa entrante", ha sentenciado.

"Es un despido imputable a la empresa entrante, que no subrogó a los trabajadores", ha coincidido por su parte Zener Comunicaciones, que igualmente cree que no se trata de un "despido colectivo tácito" porque "en ningún caso" concurre el umbral mínimo de trabajadores afectados o el requisito del cómputo de días "se supera con creces".

La empresa entrante, que también ha interesado la desestimación íntegra de la demanda, ha detallado los pasos dados en cada una de las tres fases del proceso, que arrancaron en mayo de este año -cuando la sociedad saliente comunicó la existencia del proceso de subrogación pero no remitió la documentación de "todos" los trabajadores, sino "solo de cuatro"- y siguieron en junio y julio, tachando de "huérfana" la documentación aportada en la tercera parte.

Por estos y otros motivos, Circet -que tiene su propio convenio colectivo- cree que "no ha habido cumplimiento de los requisitos", tanto por parte de Zener Plus como de Zener Comunicación, de cara a la subrogación. Y ha opinado: "Aquí hay de todo menos un acuerdo de voluntades".

En la vista también han comparecido los representantes legales de Vodafone, que se han opuesto a la demanda al entender que el procedimiento de despido colectivo "no es el más adecuado" para dirimir el presente conflicto. Y en todo caso, han señalo que "lo único que sabe" el operador de telefonía es que servicio de instalación y mantenimiento de redes pasó de Zener a Circet.

"Mi representada no tienen ningún otro conocimiento del proceso del despido", ha zanjado uno de los abogados, que no ve posibilidad de obligaciones solidarias a la entidad codemandada. Así, en base a ese "desconocimiento total" han pedido a la sala que dicte sentencia desestimatoria.

QUE LOS TRABAJADORES SIGAN TRABAJANDO

De su lado, los trabajadores afectados, representados por CCOO, solicitan la estimación íntegra de la demanda porque "no se les quiere aplicar la subrogación". "Buscamos que los trabajadores sigan trabajando", ha defendido su abogado.

En este sentido, su abogado ha enfatizado que "la realidad" es que hay más de una veintena de trabajadores despedidos --22 de Zener Plus y seis de Zener Comunicaciones, empresas que tienen "el mismo" objeto social, administradores o delegado sindical- mientras que Circet "sigue contratando personas" porque precisa empleados para seguir prestando el servicio.

Al hilo de lo anterior, este letrado ha indicado que la primera entidad tenía 46 operarios, la segunda 19 y la tercera 30, con lo que "entraríamos en el umbral respecto a un despido colectivo". "Hay un despido colectivo", ha insistido, antes de contrastar, ya para finalizar, los beneficios millonarios de Vodafone con las adjudicaciones "temerarias" -a la baja- de servicios, lo que redunda en el empleo "precario" de los trabajadores despedidos.