El decreto que modifica el reglamento de máquinas recreativas entra en vigor mañana

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado hoy el decreto por el que se modifica el reglamento de las máquinas recreativas y de azar, con el fin de adaptarlo a las actuales estrategias de juego responsable y protección de colectivos vulnerables, de modo que entrará en vigor este sábado 10.

Entre las novedades, destaca la modificación del régimen de autorizaciones de los salones de juego y la introducción de una autorización provisional de funcionamiento hasta la obtención de la correspondiente licencia municipal de apertura.

En cuanto a la modificación del régimen de autorizaciones de los salones de juego, se considera necesario solventar la inseguridad jurídica producida por la existencia de consultas previas de viabilidad favorables sin plazo alguno de vigencia.

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De las diecisiete consultas de viabilidad positivas existentes en la actualidad, la mayoría de ellas no han efectuado trámite alguno encaminado a establecer un salón de juego.

Sin embargo, dichas consultas favorables generan expectativas y condicionan a otros posibles interesados, al tener que considerar la existencia de un posible salón de juego en lo que se refiere al cumplimiento del régimen de distancias establecido en la Ley.

Por ello, se modifica el procedimiento de autorización de los salones de juego, desapareciendo la consulta previa de viabilidad e introduciéndose una autorización provisional de funcionamiento que se elevará a definitiva en el caso de que se obtenga la correspondiente licencia municipal de apertura.

En cualquier caso, se establece un régimen transitorio, otorgando a las empresas de salones que hubieran obtenido consulta previa favorable de viabilidad con anterioridad a la entrada en vigor del decreto, el plazo de un mes desde la entrada en vigor del mismo, para la acreditación de haber solicitado licencia municipal de obra en el plazo máximo de un mes desde que tuvo lugar la notificación de la contestación de la citada consulta.

En dicho caso, el procedimiento de autorización se tramitará conforme a la normativa anterior.

En el supuesto de que no se acredite el citado extremo, la consulta previa favorable de viabilidad perderá todos sus efectos.

Por último, se modifica el régimen de fianzas y desparece la fianza de inscripción en el Registro de Juego, manteniéndose únicamente la fianza de explotación, en función del número de autorizaciones de las que vayan a ser titulares.