CERMI celebra el fallo del TC que obliga a hacer "ajustes razonables" a los trabajadores con discapacidad

Persona con discapacidad en silla de ruedas

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) saluda la reciente sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional (TC) que declara, entre otras razones, discriminación por motivos de discapacidad la no realización de "ajustes razonables" solicitados por un empleado público con discapacidad que presentaba síndrome de Asperger.

El TC concede en su sentencia amparo al trabajador con discapacidad y declara que el trato recibido por el Ministerio de Justicia como empleador constituye discriminación por razones de discapacidad al no haber este atendido la petición de llevar a cabo ajustes razonables en su puesto y entorno laborales a fin de poder desarrollar regularmente su cometido profesional.

Paraa el CERMI, el pronunciamiento del tribunal de garantías constitucionales es categórico en la apreciación de la discriminación y el trato desigual asociado a una situación de discapacidad, y acoge y respalda plenamente la institución de los ajustes razonables, como obligación del empleador y como violación del derecho fundamental a la igualdad cuando no se realizan, siendo procedentes.

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La sentencia introduce de "modo claro" en el acervo de la jurisprudencia constitucional los ajustes razonables, lo que proporcionará, según el CERMI, "herramientas de defensa contra la discriminación para futuras situaciones en las que puedan encontrarse empleados con discapacidad cuando pidan la realización de acomodos razonables".