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Inclusión Social modifica los requisitos de los centros sociales y la acreditación de los de dependencia

La Consejería de Inclusión Social ha modificado la orden que regula los requisitos materiales y funcionales de los centros de servicios sociales especializados y los requisitos de acreditación de los centros de atención a la dependencia de Cantabria para mejorar la calidad de la atención y flexibilizar algunos aspectos de la gestión.

Tal y como publica el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), entre las novedades que incorpora esta modificación destaca la obligatoriedad de disponer de camas articuladas y regulables en altura, con colchones adecuados para la prevención y manejo de úlceras de presión. De esta forma, a la vez que se incrementa la comodidad de los usuarios, se facilita la tarea de los profesionales que prestan los apoyos necesarios.

También se establece que deberán tomarse en consideración los deseos y preferencias de los residentes sobre las actuaciones a realizar por el centro residencial al final de su vida.

En lo que se refiere a la organización del personal de los centros, la nueva orden posibilita que cuando la persona que ejerce funciones de dirección compatibilice esta actividad con la atención directa a los usuarios, esta última podrá desempeñarse en el mismo o diferente centro.

Otra modificación importante está relacionada con el transporte de personas en situación de dependencia en los centros de día. Con la nueva regulación, cuando el servicio de transporte que presta el centro exija acompañamiento de los usuarios, el tiempo dedicado a esta tarea por el personal de atención directa se computará para la exigencia de horas de la jornada diaria, con el límite máximo de una hora en horario de mañana y otra en horario de tarde.

Un cambio que responde a las necesidades de los usuarios de centros residenciales y viviendas tuteladas es el que exige que, cuando por motivos de salud así se requiera, se deberá ofrecer una recena, además de las cuatro comidas diarias.

Asimismo, la nueva orden flexibiliza el horario de prestación de servicios en viviendas tuteladas.

UNIDADES PARA PERSONAS AUTÓNOMAS

Como novedad de relevancia, se crean las Unidades para Personas Autónomas. De esta forma, en las residencias de personas mayores se podrán establecer un máximo de dos unidades residenciales para personas que tengan suficiente autonomía personal para las actividades básicas de la vida diaria, sin tener reconocida la situación de dependencia o teniéndola reconocida en grado I.

Estas unidades tendrán un máximo de veinte plazas cada una, distribuidas en habitaciones individuales o dobles.

ACREDITACIÓN CENTROS Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA

En lo que se refiere a los requisitos exigidos para la acreditación de los centros de servicios sociales, las modificaciones guardan relación con la simplificación administrativa. En este ámbito se produce la modificación del sistema de acreditación de la calidad de estos centros, procediéndose a la simplificación y concreción de algunos protocolos, reorientando sus contenidos, registros y criterios hacia una mayor personalización de los cuidados y apoyos que se prestan.

En la línea del proceso de simplificación administrativa, también se modifica la presentación de memorias anuales de la actividad del centro a efectos del mantenimiento de la acreditación, sustituyendo la elaboración de aquellas por un sistema de autoevaluación que resulte de utilidad a los centros en su toma de decisiones y gestión del conocimiento.

Así, los valores en que se centre la calidad de los centros se incorporarán a un formulario digital habilitado por la Administración, lo que facilitará el análisis comparado de los indicadores, a la vez que permitirá una definición compartida por todos los centros de cada uno de los elementos por los que se interroga.

Con las modificaciones establecidas también se avanza en la digitalización de los procedimientos, con la utilización de una aplicación informática para remitir los datos solicitados y facilitar su análisis comparado, y contribuir a una Administración sin papel.

Finalmente, por primera vez se introducen criterios relacionados con la soledad no deseada. Una de las primeras actuaciones planteadas en este sentido es conocer su alcance y para ello se proponen indicadores que persiguen la comprensión del fenómeno y su magnitud.