El BOC publica la modificación de la orden que regula la selección de directores de centros públicos

9:00.- IES Valentín Turienzo. Colindres. 
La consejera de Educación, Formación Profesional y Turismo, Marina Lombó, preside la reunión del Comité Permanente de Directores de Primaria. 
NR ©
4 FEB 2020
photo_camera 9:00.- IES Valentín Turienzo. Colindres. La consejera de Educación, Formación Profesional y Turismo, Marina Lombó, preside la reunión del Comité Permanente de Directores de Primaria. NR © 4 FEB 2020

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy la orden de la Consejería de Educación que modifica el procedimiento para la selección, nombramiento, evaluación y cese de directores de los centros públicos de enseñanzas no universitarias para adaptarlo a los cambios introducidos por la Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE), que entró el vigor el 19 de enero.

Tras la publicación en el BOC, la orden entrará en vigor este martes.

Como consecuencia de los cambios introducidos por la LOMLOE, se establece una nueva regulación en los procesos de selección y nombramiento de los directores, especialmente en lo relativo a las condiciones de participación, en la composición de la comisión de selección y en la relación de méritos que deben de ser considerados.

En lo que se refiere al proyecto de dirección, deberá incluir necesariamente contenido en materia de igualdad, no discriminación y prevención de la violencia de género.

Además, para proceder a la renovación de los nombramientos deberá ser oído el Consejo Escolar del centro.

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El proyecto de dirección recogerá un análisis de la situación del centro, con especial énfasis en el contexto social y las relaciones con el entorno, y los objetivos para lograr el éxito de todo el alumnado o planteamientos pedagógicos, con hincapié en el modelo de atención a la diversidad.

Las propuestas y estrategias concretas favorecerán la tolerancia y la convivencia de la comunidad escolar, así como la prevención y resolución de conflictos.

A la hora de configurar el equipo directivo, la nueva orden contempla que los miembros propuestos por el aspirante deberán de tener la condición de funcionarios de carrera con destino definitivo en el centro al que se opta y el nombramiento de directores podrá renovarse por periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado.

Se trata de una ronda de reuniones con los responsables de los centros para analizar necesidades y considerar sugerencias, al tiempo que profundizar en las implicaciones normativas que supone la nueva ley, con el fin de posibilitar su abordaje en los correspondientes decretos autonómicos.