Abogados Cristianos pide al Supremo anular el límite de aforo a 10 personas en iglesias de Cantabria

Cree que el Gobierno regional se está "extralimitado" legislando sobre cuestiones sobre las que no tiene competencias
Celebración de una misa con medidas frente al Covid

La asociación de Abogados Cristianos ha solicitado ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo medidas cautelarísimas para anular el punto de la orden de la Consejería de Sanidad de Cantabria que limita a 10 personas el aforo en las celebraciones religiosas en cuatro municipios confinados (Laredo, Polanco, Colindres y Santa María de Cayón).

La organización de juristas denuncia en un comunicado que el Ejecutivo autonómico "se está extralimitado" al legislar sobre cuestiones sobre las que "no tiene competencias", como la libertad religiosa.

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La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, recuerda que una comunidad autónoma "no tiene competencias para restringir derechos fundamentales" y opina que, además, "carece de sentido que 20 niños puedan estar en un aula y no puedan hacerlo 10 personas en iglesias y catedrales con capacidad para cientos de personas".

Asimismo, destaca que en los templos "también se están llevando a cabo estrictas medidas sanitarias" y recalca que la libertad religiosa es un derecho fundamental que recoge la Constitución y "todos" los convenios de derechos humanos. "Si permitimos este atropello en una Comunidad Autónoma, termina implantado en todo el país", ha sentenciado.

Castellanos ha puesto como ejemplo el caso de Canarias, donde el Gobierno había limitado cualquier evento a 10 personas y "luego ha aclarado" que la restricción no afecta a las celebraciones religiosas, donde la limitación se mantiene en el 75% del aforo del templo.