Suspenden el juicio contra la empresa que no tributó la venta de un hotel por la cantidad de documentación aportada

El juicio contra una empresa acusada de un posible delito contra la hacienda pública al eludir el pago de sus obligaciones tributarias tras la venta de un hotel en Suances, se ha suspendido este miércoles debido a que se ha presentado "profusísima" documental en formato digital.

Así lo ha decidido el juez encargado de la causa, Agustín Alonso, que ha solicitado a la fiscal, a la letrada de la acusación y a las letradas de las defensas que examinen toda la documentación que se ha aportado en el caso y que hagan "una criba" de aquellos documentos que quieran utilizar como prueba de cargo o como prueba de descargo.

Según ha señalado el magistrado, tal como ha manifestado el Tribunal Supremo en juicios con tribunal de jurado, lo que "no se puede hacer" es que se dé la documental por reproducida. Alonso considera que los magistrados profesionales tienen "el mismo derecho" de "no dejarnos los ojos en la documentación".

El objetivo es que tanto la acusación como la defensa examinen la documentación, entre la que "no todo les interesará", y que el día del juicio digan "exactamente" qué documentos quieren utilizar de prueba para que todas las partes -acusado, testigos y, sobre todo, magistrados- puedan tener conocimiento "serio" de la prueba que se está pretendiendo traer a la causa para su valoración.

El juez no ha señalado una fecha para la continuación del juicio, a la espera de "dejar a las partes que examinen bien la documentación, que criben la documentación que les interese y que en la continuación del juicio traigan esa documentación perfectamente detallada para que la justicia humana no tenga que volverse loco a la hora de poner la sentencia", ante los antecedentes y precedentes que han tenido.

En este punto, el juez ha puesto como ejemplo macrojuicios, basados sobre todo en prueba de documental y en los que ha sido ponente, como el de Cooperativa de Monte o el de La Loma, en los que se han aportado documentos digitales en CD o DVD "a tutiplén", cuyo argumento "sirve, entre otras cosas, para confundir a las partes y, sobre todo, a los magistrados del Tribunal".

Asimismo, ha indicado que "todos sabemos los medios que dispone la Administración de Justicia", que no tiene los sistemas informáticos que tienen, por ejemplo, Hacienda o la Seguridad Social, por lo que ha solicitado que conviertan dicha documentación "a papel".

Por su parte, la letrada de la Agencia Tributaria ha explicado que se han pedido "cuestiones absolutamente ajenas, relacionadas, pero ajenas a los hechos de acusación", entre ellas algunas que se refieren a hechos del 2022 y que "no tienen que ver con las acusaciones", que datan de 2017 y 2020.

Asimismo, ha comunicado que, entre la documentación aportada, no se ha adjuntado un CD que estaba incorporado en la denuncia.

También ha aprovechado el turno para retirar la acusación por falsedad documental, si bien mantiene el relato de los hechos de que ha existido una "falsificación de firma".

Mientras que las defensas también han solicitado la suspensión del juicio por la cantidad de documentación aportada, "más de 1.500" archivos, algunos de "400 hojas", y que además está "dispersa", han indicado, para poder "comprobar y contrastar" toda ella, dado el "escaso" tiempo que les han dado.

DELITO CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA

El juicio estaba previsto que se celebrara este miércoles en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, a las 10.00 horas.

La empresa está acusada de un posible delito contra la hacienda pública, al eludir el pago de sus obligaciones tributarias tras la venta de un hotel en Suances, cuyo administrador se encuentra en paradero desconocido y está declarado en rebeldía.

La Fiscalía pide 430.000 euros de multa a la empresa y, además, atribuye a la sociedad y a un apoderado -al que solicita dos años de prisión- un posible delito de frustración de la ejecución.

Según el escrito de calificación del ministerio público, la empresa vendió un hotel a otra sociedad y no hizo frente al pago del correspondiente impuesto de sociedades por el incremento patrimonial que obtuvo.

Asimismo, eludió "de forma sistemática sus obligaciones tributarias", como las autodeclaraciones trimestrales del IVA o la declaración informativa de operaciones con terceros. Tampoco cumplía con las obligaciones mercantiles básicas de presentación de cuentas en el Registro Mercantil.

Por su parte, el administrador de la sociedad, que se encuentra en paradero desconocido por lo que no se puede dirigir contra él este procedimiento, "con la intención de provocar un vaciamiento patrimonial de la empresa", realizó una serie de reintegros y transferencias desde la cuenta de la mercantil a otras cuentas de su propiedad, "aprovechando la falta de controles, de ningún tipo, en material de prevención del fraude dentro de la estructura societaria de la empresa".

Mientras tanto, un apoderado de la empresa, que sí está acusado en este procedimiento, conocedor de la "precaria situación económica de la mercantil", hizo uso del poder otorgado años atrás para realizar cuatro transferencias desde la cuenta de la empresa a distintas personas y sociedades, algunas suyas.

Además, en la cuenta de la empresa se abonó un cheque bancario por un importe de 242.000 euros que, tras su ingreso, el acusado "con clara intención de evitar que hubiere saldo con el que hacer traba Hacienda de las sumas debidas", emitió un total de nueve transferencias, dejando el saldo en 3.000 euros.

La Agencia Tributaria había iniciado años atrás un procedimiento de comprobación inspectora y, tras numerosas investigaciones y actuaciones ejecutivas, logró cobrar por vía de apremio ejecutivo.

Según la Fiscalía, los hechos constituyen delitos contra la hacienda pública y de frustración de la ejecución, el cual atribuye tanto a la empresa hostelera como al apoderado.

Para la empresa, solicita una pena de casi 430.000 euros de multa, así como la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y el derecho a gozar de incentivos fiscales durante cuatro años.

Para el apoderado, la pena pedida por el ministerio público es de dos años de prisión y 6.750 euros de multa.