Los dos jóvenes condenados por la muerte de otro en Boo piden al TSJC una sentencia "justa y no venganza"
Las defensas de los dos jóvenes condenados a once años de prisión por causar la muerte de otro chico que cayó a las vías del tren en el apeadero de Boo de Piélagos en febrero de 2024 han pedido al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que revoque la sentencia de la Audiencia Provincial, que "más que justicia es venganza", tras una "errónea e irracional" valoración de la prueba. Así, han solicitado al TSJC que examine los hechos y dicte una nueva resolución "justa" al margen de "la opinión pública y la presión mediática".
Ambos abogados consideran que lo ocurrido no fue un delito de homicidio doloso, como concluyó por unanimidad el jurado que vio los hechos y que en opinión de estas partes estaba "mediatizado" desde el primer día del juicio, celebrado entre finales de marzo y principios de abril. En este sentido, han considerado que "a día de hoy" no se sabe cómo cayó la víctima a la vía, por lo que se debería aplicar el principio 'in dubio pro reo' (favorecer al procesado en caso de duda).
Los letrados defensores han planteado estas y otras cuestiones ante la Sala Civil y Penal del TSJC este viernes, en la vista por sus recursos de apelación al fallo del magistrado de la Sección Tercera de la AP que presidió el tribunal popular, recursos a los que se han opuesto tanto la fiscal como la acusación particular. Ambas partes han negado que haya habido "falta de parcialidad" o "deficiente" valoración de la prueba, sino que la misma se evaluó "perfectamente", a lo que se suma un veredicto "razonado hasta la extenuación", como ha subrayado la representante del ministerio público.
Además, el abogado de la familia del fallecido ha avisado al tribunal que los recursos planteados por las defensas supondrían "rearbitrar el partido" y ha puesto de manifiesto también la "participación conjunta" de los dos condenados en la pelea y agresión que terminó con "resultado fatal": la muerte de Carlos Cubillas, vecino de Polanco de 21 años.
Este chico y los otros dos, Rubén G.A. y Ángel R.C., que entonces tenían 19 y 20 años y residían en Boo, coincidieron el día de los hechos, el 3 de febrero de 2024, a primera hora de la mañana en el tren, cuando todos regresaban a casa tras una noche de fiesta en Santander.
Durante el trayecto, se inició una discusión entre ellos dentro de uno de los vagones, y los tres se apearon en Boo, donde los dos imputados agredieron al otro joven, al que propinaron patadas y puñetazos hasta que cayó a los raíles, donde sufrió una conmoción medular a consecuencia de la cual falleció sobre las 7.00 horas.
Para el magistrado que presidió el tribunal y dictó sentencia, los dos condenados tenían "intención de acabar con la vida" del otro chico o se les representó la "alta probabilidad" de que falleciese a causa de sus actos, tras los que se dirigieron a sus casas, donde fueron hallados esa mañana por la Guardia Civil.
PESO TERRIBLE
Al hilo de lo anterior, una de las defensas han indicado que fue eso precisamente, el abandonar el lugar, lo que tuvo "un peso terrible" sobre el jurado a la hora de pronunciarse. "Probablemente, si se hubieran quedado allí no estaríamos hoy aquí", ha reflexionado.
Además, cree que en la sentencia -en la que el juez absolvió a los dos encausados del delito de omisión de socorro que pedían los allegados a la víctima, y que la Fiscalía retiró en su día- no se ha aplicado la atenuante de embriaguez a su representado (que padece TDAH), y pese a que testigos apreciaron en él "deambulación mala" por la ingesta de bebidas alcohólicas.
En paralelo, considera que no cabe aplicar en este caso la agravante de abuso de superioridad al entender que no hubo pelea ni agresión "conjunta". Y de cualquier modo, ha insistido en que se desconoce cómo acabó el fallecido en los raíles, si fue de una patada o porque cayó cuando estaba al borde del andén: "¿Dónde está el dolo?", se ha preguntado en relación a este último supuesto, y apuntado al respecto que el que haya una víctima "no da pie a destruir la vida de dos jóvenes que en ningún momento querían matar a nadie".
En la sentencia ahora recurrida, el magistrado aplicó además la atenuante de reparación del daño (por consignar los acusados 25.000 euros, a razón de 10.000 y 15.000 cada uno), y en concepto de responsabilidad civil fijó que indemnicen conjuntamente en 170.497 euros a la familia.
La otra defensa se ha centrado en precisar determinados aspectos de las respuestas de las acusaciones a su escrito, aclarando que se cuestiona la actuación del magistrado pero solo en un momento puntual, cuando se dieron las instrucciones al jurado para contestar a las preguntas objeto del veredicto (las primeras conjuntas a los dos acusados y las últimas separadas, tal y como se pactó). En ese punto y a sus ojos pudo haber una actuación "persuasiva" al indicar que fue una actuación "conjunta".
Además, ha criticado que se "retuerzan de manera torticera" manifestaciones de su cliente acerca de cómo la víctima cayó a la vía, y que en todo caso declaró lo que consideró "pertinente".
UNA PELEILLA QUE VA A MÁS
En su turno de intervención, la fiscal ha negado que haya habido "falta de parcialidad o deficiente valoración de la prueba" por parte del jurado, "el mejor que he visto", y que no ha incurrido en "ninguna contradicción", ha enfatizado.
También ha remarcado que en este caso "siempre" se ha hablado "desde el principio de una actuación conjunta" de dos personas, aunque una "diera dos patadas y otra tres". Y además, aunque inicialmente no tuviesen la intención de matar al otro chico, aceptan ese resultado en el desarrollo de sus acciones, que comenzaron con una discusión y una "peleilla que va a más", que se desarrolló en el andén y hasta que la víctima acabó en las vías.
Al hilo, ha negado que cayera por su estado de embriaguez o que muriera a consecuencia del mismo o de patologías previas: "Nadie se muere por esa (cantidad de) alcoholemia", ha zanjado. Sobre esto, ha rechazado aplicar la atenuante por consumo de bebidas a los acusados.
En similares términos se ha expresado la acusación particular, para quien el juicio se ha celebrado "con todas las garantías y todas las pruebas propuestas" hasta que los jurados han llegado a una conclusión "razonada". De igual modo, ha recalcado que fue una participación "conjunta" con un resultado "fatal".