Condenado a cuatro años y nueve meses de cárcel por intentar matar a otro hombre a tiros en Renedo

El juicio se celebró con conformidad de las partes hace una semana en la Audiencia Provincial de Cantabria
Condenado por intentar matar a tiros a otro en Renedo, en el juicio contra él en la Audiencia de Cantabria

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años y nueve meses de prisión al hombre que en diciembre de 2019 intentó matar a otro al que disparó en Renedo de Piélagos.

La Sección Tercera ha impuesto al procesado tres años y nueve meses de cárcel por un delito de asesinato en grado de tentativa, y doce meses más por otro de tenencia ilícita de armas, tal y como se acordó en el juicio, celebrado hace una semana con conformidad de las partes.

En la sentencia, consultada por Europa Press, se ha tenido en cuenta, tal y como se acordó en la sesión, las atenuantes de confesión, pues el implicado reconoció lo sucedido y la autoría tras los hechos, y de reparación del daño, al haber consignado extrajudicialmente 45.000 euros a la víctima, a la que no podrá acercarse a una distancia inferior a 500 metros ni comunicarse tampoco durante ocho años.

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Además, el acusado, en prisión provisional desde el tiroteo, deberá abonar en concepto de responsabilidad civil al Servicio Cántabro de Salud la suma de 16.875 euros, y también se le condena al pago de todas las costas procesales.

En la resolución judicial considera probado que todo ocurrió a partir de las 8.40 horas del 21 de diciembre de 2019, cuando el condenado, que entonces tenía 37 años y vivía en Maliaño, se dirigió en taxi a Renedo, donde residía el afectado, de 41 años.

Una vez allí, tras pagar la carrera, se dirigió al portal de su amigo, al que llamó para que bajase y a lo que la víctima accedió, creyendo que iban a hablar sobre la hora a la que iban a quedar al día siguiente, domingo, para ir a una obra que tenían previsto realizar juntos.

Tras bajar al portal, y al no ver al acusado, salió a buscarle a la carretera contigua al edificio, desde donde observó que se estaba marchando, por lo que le llamó.

En ese momento, el encausado insultó a la víctima y "sopresivamente" y sacó de la cintura un revólver con la intención de acabar con su vida.

El hombre, que había bajado a la calle en zapatillas y pijama, se dio la vuelta y empezó a huir, recibiendo un primer disparo en la espalda.

Y cuando estaba llegando al portal, se tropezó y recibió otro disparo en el tórax, pese a lo cual pudo saltar una barandilla que separa la rampa de acceso al garaje, cayendo desde varios metros de altura y desplomándose en el suelo.

En ese momento, el procesado, con el fin de lograr su propósito, siguió disparando repetidamente el revólver con dirección a su víctima, hasta percutir los seis proyectiles del cargador.

Varios vecinos vieron lo sucedido y mientras los servicios de emergencia se personaron en el lugar para atender al herido, al que lograron estabilizar y salvar, el sospechoso se dirigió a una finca donde escondió el arma, que estaba prohibida.

Y acto seguido, se dirigió al cuartel de la Guardia Civil, donde se personó a las 9.40 horas a confesar lo ocurrido.

La sala entiende que a la vista de las pruebas practicadas, la actuación del procesado descrita, "plenamente reconocida" por el implicado -que pidió perdón y mostró arrepentimiento en la vista oral- es "claramente alevosa", ya que atacó a su amigo de forma "sorpresiva".

Y empleó además un arma de fuego "de alta capacidad lesiva", lo que "en principio aseguraba el resultado lesivo, eliminando a la vez la capacidad de defensa eficaz por parte de la víctima, la cual lejos de enfrentarse a su agresor lo único que puedo hacer fue huir", remarcan los magistrados en la sentencia.

El fallo no es firme, ya que contra el mismo cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.